Escala salarial Industria de Pinturas 2026
Convenio colectivo 86/89 · Unión Personal de Fábricas de Pinturas y Afines de la República Argentina (UPFPRA)
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 86/89, vigentes desde el 1 de septiembre de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| Categoría 12 (convenio 86/89)Básico de Categoría 12 en octubre de 2026: $ 1.823.064 (convenio 86/89).Operarios - Categoría 12. | $ 1.823.064 |
| Categoría 13 (convenio 86/89)Básico de Categoría 13 en octubre de 2026: $ 1.895.374 (convenio 86/89).Operarios - Categoría 13. | $ 1.895.374 |
| Categoría 14 (convenio 86/89)Básico de Categoría 14 en octubre de 2026: $ 1.971.380 (convenio 86/89).Operarios - Categoría 14. | $ 1.971.380 |
| Categoría 15 (convenio 86/89)Básico de Categoría 15 en octubre de 2026: $ 2.052.748 (convenio 86/89).Operarios - Categoría 15. | $ 2.052.748 |
| Mantenimiento - Categoría 21 (convenio 86/89)Básico de Mantenimiento - Categoría 21 en octubre de 2026: $ 1.971.380 (convenio 86/89).Personal Especializado de Mantenimiento - Categoría 21. | $ 1.971.380 |
| Mantenimiento - Categoría 22 (convenio 86/89)Básico de Mantenimiento - Categoría 22 en octubre de 2026: $ 2.052.746 (convenio 86/89).Personal Especializado de Mantenimiento - Categoría 22. | $ 2.052.746 |
| Mantenimiento - Categoría 23 (convenio 86/89)Básico de Mantenimiento - Categoría 23 en octubre de 2026: $ 2.164.906 (convenio 86/89).Personal Especializado de Mantenimiento - Categoría 23. | $ 2.164.906 |
| Mantenimiento - Categoría 24 (convenio 86/89)Básico de Mantenimiento - Categoría 24 en octubre de 2026: $ 2.245.922 (convenio 86/89).Personal Especializado de Mantenimiento - Categoría 24. | $ 2.245.922 |
| Ayudante de Chofer (convenio 86/89)Básico de Ayudante de Chofer en octubre de 2026: $ 1.764.246 (convenio 86/89).Choferes y Acompañantes - Ayudante de Chofer. | $ 1.764.246 |
| Acompañante con Registro (convenio 86/89)Básico de Acompañante con Registro en octubre de 2026: $ 1.826.624 (convenio 86/89).Choferes y Acompañantes - Acompañante con Registro. | $ 1.826.624 |
| Chofer de Interplanta / Trámites / Oficiales Reparto / Ambulancia (convenio 86/89)Básico de Chofer de Interplanta / Trámites / Oficiales Reparto / Ambulancia en octubre de 2026: $ 1.970.728 (convenio 86/89).Choferes y Acompañantes - Chofer Interplanta/Trámites/Oficiales Reparto/Ambulancia. | $ 1.970.728 |
| Chofer de Gerencia y/o Directorio (convenio 86/89)Básico de Chofer de Gerencia y/o Directorio en octubre de 2026: $ 2.049.954 (convenio 86/89).Choferes y Acompañantes - Chofer de Gerencia y/o Directorio. | $ 2.049.954 |
| Sereno (convenio 86/89)Básico de Sereno en octubre de 2026: $ 1.931.334 (convenio 86/89).Sereno - mensual. | $ 1.931.334 |
| Portero (convenio 86/89)Básico de Portero en octubre de 2026: $ 1.970.694 (convenio 86/89).Portero - mensual. | $ 1.970.694 |
| Operador de Sistemas Computarizado de Fabricación (convenio 86/89)Básico de Operador de Sistemas Computarizado de Fabricación en octubre de 2026: $ 2.315.138 (convenio 86/89).Operador de Sistemas Computarizado de Fabricación. | $ 2.315.138 |
| Encargado (convenio 86/89)Básico de Encargado en octubre de 2026: $ 2.315.138 (convenio 86/89).Encargado. | $ 2.315.138 |
| Sub-Capataz (convenio 86/89)Básico de Sub-Capataz en octubre de 2026: $ 2.315.138 (convenio 86/89).Sub-Capataz. | $ 2.315.138 |
| Encargado de Portería (convenio 86/89)Básico de Encargado de Portería en octubre de 2026: $ 2.388.762 (convenio 86/89).Encargado de Portería. | $ 2.388.762 |
| Encargado de Prácticos de Laboratorio (convenio 86/89)Básico de Encargado de Prácticos de Laboratorio en octubre de 2026: $ 2.388.762 (convenio 86/89).Encargado de Prácticos de Laboratorio. | $ 2.388.762 |
| Encargado de Administración (convenio 86/89)Básico de Encargado de Administración en octubre de 2026: $ 2.388.762 (convenio 86/89).Encargado de Administración. | $ 2.388.762 |
| Capataces (convenio 86/89)Básico de Capataces en octubre de 2026: $ 2.388.762 (convenio 86/89).Capataces. | $ 2.388.762 |
| Supervisores (convenio 86/89)Básico de Supervisores en octubre de 2026: $ 2.465.402 (convenio 86/89).Supervisores. | $ 2.465.402 |
Acta del 23/09/2026 entre la UPFPRA y la Cámara de la Industria de la Pintura (EX-2026-93435019): 10% sobre los básicos vigentes al 31/08/2026 desde el 1° de septiembre, y el rubro antigüedad en la misma proporción. Vigencia 01/05/2026 a 30/09/2026.
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Cómo se movió el básico de Industria de Pinturas en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Categoría 12 (convenio 86/89) —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de abril de 2026 | $ 1.657.332 | — |
| 1 de septiembre de 2026 | $ 1.823.064 | +10,0% |
Qué se suma al básico en el convenio 86/89
El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 86/89 reconoce 4 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| AntigüedadArt. 55 (Antigüedad Empleados). Para el personal MENSUALIZADO (choferes, acompañantes, sereno, portero, operador de sistemas, encargados, sub-capataz, capataces, supervisores): monto fijo de $17.451,44 por mes por cada año de antigüedad en la empresa (acuerdo 31/03/2026, vigente 04/2026; se actualiza con los básicos). Los jornalizados (Categoría/Mantenimiento) cobran la "Antigüedad Operario" (Art. 53). Desde 09/2026: $19.196,58 por mes por año (acta 23/09/2026). | $ 19.197 |
| NocturnidadArt. 61. Recargo por trabajo nocturno: 30% sobre el sueldo/jornal del horario nocturno cuando es por horario rotativo; 50% cuando la tarea nocturna es temporal (por necesidad de la empresa). Excluye serenos. | según el caso |
| Antigüedad Operario - convenio 86/89Antigüedad para personal jornalizado del convenio 86/89: $8.723,33 por quincena por cada año de antigüedad ($17.446,66 mensual por año). Vigente desde 01/04/2026. Desde 01/09/2026: $9.595,66 por quincena por año ($19.191,32 mensual por año), acta del 23/09/2026. | varía por tramos |
| Adicional por título de estudioArt. 75. 10% mensual sobre el sueldo/salario para el trabajador con título secundario o universitario vinculado a la tarea (tope 10% aunque tenga varios títulos). | 10% |
Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.
La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.
Otras escalas salariales
Otras escalas del catálogo, con sus básicos por categoría:
- Escala salarial Industria del Calzado. Obreros internos y trabajadores a domicilio — convenio 652/12
- Escala salarial Industria de la Madera y Afines — convenio 335/75
- Escala salarial Industria del Caucho — convenio 179/75
- Escala salarial Industria de la Carne — convenio 56/75
- Escala salarial Industria del Cuero — convenio 142/75
- Escala salarial Industria de la Alimentación — convenio 244/94