Indemnización civil: fórmula Méndez
Calculá la indemnización civil por accidente o enfermedad laboral en Argentina 2026 con la fórmula Méndez (art. 1746 CCyCN) y compará con la LRT tarifada para decidir la opción civil. Gratis.
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La opción civil: reparación integral por accidente laboral
Frente a un accidente o una enfermedad laboral hay dos caminos: cobrar la indemnización tarifada de la ART o reclamar la reparación integral por la vía civil. La civil no tiene topes ni fórmulas tarifadas, cubre rubros que la ART no paga —como el daño moral— y suele dar montos mayores, pero exige probar la responsabilidad y lleva más tiempo.
Cómo se cuantifica la incapacidad: la fórmula Méndez
El Art. 1746 del Código Civil y Comercial obliga a cuantificar la incapacidad mediante una fórmula de renta capitalizada que se agote al final del período de vida útil. El vehículo estándar en el fuero laboral es la fórmula "Méndez", que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo adoptó en pleno en 2008 corrigiendo la vieja fórmula Vuotto.
Méndez toma el ingreso mensual multiplicado por 13 —los doce meses más el aguinaldo—, lo afecta por el porcentaje de incapacidad y lo pondera por el coeficiente 60 dividido la edad, para no castigar al trabajador joven. Después calcula el capital que, colocado a una tasa del 4% anual, se agota al llegar a los 75 años.
La diferencia con la vieja fórmula Vuotto es grande: elevó la vida útil de 65 a 75 años y bajó la tasa de descuento, lo que aumenta sensiblemente el capital resultante.
El ingreso que se toma es el real
A diferencia del ingreso base de la ART, que sale de las remuneraciones sujetas a aportes, en la acción civil se puede acreditar el ingreso realmente percibido. En casos de registración deficiente esa diferencia es determinante para el monto final.
Los rubros que la ART no paga
El daño moral compensa el sufrimiento, la angustia y la afectación del proyecto de vida. No tiene fórmula legal: lo fija el juez, y por eso en esta calculadora se carga como un monto estimado.
Lo mismo pasa con el lucro cesante pasado —lo que dejaste de ganar entre el accidente y la sentencia—, los gastos médicos y de tratamiento futuros, y el daño emergente. Son rubros acumulables al capital por incapacidad y suelen representar una porción importante del reclamo.
El daño punitivo no entra: es una figura del derecho del consumidor (Art. 52 bis de la Ley 24.240) y no se aplica a los accidentes laborales.
Qué hay que probar y qué se descuenta
La acción civil exige acreditar el factor de atribución: la culpa del empleador —típicamente el incumplimiento de las normas de higiene y seguridad— o el riesgo de la cosa. Es su principal diferencia con el sistema de la ART, que paga sin discutir culpas.
La opción es excluyente: si se cobró la prestación de la ART, ese monto se descuenta de lo que se obtenga por la vía civil. Por eso la comparación entre los dos números, que esta calculadora muestra en paralelo, es el punto de partida de la decisión.
Preguntas frecuentes
- ¿Conviene reclamar por la ART o por la vía civil?
- Depende del caso. La vía civil suele arrojar montos mayores porque no tiene topes, toma el ingreso real y suma rubros que la ART no paga, como el daño moral; pero exige probar la responsabilidad del empleador y demora más. La tarifada de la ART se cobra sin discutir culpas. Comparar los dos números es el primer paso.
- ¿Qué es la fórmula Méndez?
- La fórmula de renta capitalizada que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo adoptó en pleno en 2008 para cuantificar la incapacidad. Toma el ingreso mensual por 13, lo afecta por el porcentaje de incapacidad y por el coeficiente 60 dividido la edad, y calcula el capital que se agota a los 75 años a una tasa del 4% anual.
- ¿El daño moral se cobra aparte de la incapacidad?
- Sí, es un rubro autónomo que se acumula al capital por incapacidad. No tiene fórmula legal: lo fija el juez según la entidad del daño, la edad y las circunstancias personales.
- ¿Puedo cobrar la ART y además demandar civilmente?
- Las vías son excluyentes. Si ya se percibió la prestación de la ART, ese importe se descuenta de lo que se obtenga por la acción civil, así que no hay acumulación de las dos reparaciones por el mismo daño.
- ¿Qué tengo que probar en la acción civil?
- El factor de atribución de responsabilidad: la culpa del empleador —habitualmente el incumplimiento de las normas de higiene y seguridad— o el riesgo o vicio de la cosa. Es la diferencia central con el sistema de la ART, que indemniza sin discutir culpas.
Para seguir
- Ley 24.557: el régimen del que se aparta la acción civil
- Ley 27.348: la instancia previa ante las comisiones médicas
Información de carácter orientativo elaborada a partir de la normativa vigente. No reemplaza el asesoramiento de un profesional.
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