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Indemnización por accidente laboral

Calculá la indemnización por accidente o enfermedad laboral según la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) en Argentina 2026: incapacidad parcial, total, gran invalidez y fallecimiento. Gratis.

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Cómo se calcula la indemnización por accidente de trabajo

La indemnización por accidente o enfermedad laboral no se parece a la del despido: no sale de los años de antigüedad sino del ingreso base mensual, el porcentaje de incapacidad y un coeficiente por tu edad. La paga la ART, y el régimen es el de la Ley 24.557 con las reformas de las Leyes 26.773 y 27.348.

La fórmula: 53 × ingreso base × incapacidad × 65/edad

Para las incapacidades permanentes, la prestación se calcula multiplicando 53 por el ingreso base mensual, por el porcentaje de incapacidad y por el coeficiente 65 dividido tu edad al momento del accidente. El coeficiente etario hace que a menor edad la indemnización sea mayor, porque quedan más años de vida laboral por delante.

El ingreso base mensual sale del promedio de todos los salarios devengados en el año anterior a la primera manifestación invalidante —o en el tiempo trabajado, si fue menor—, actualizado mes a mes por el índice RIPTE (Art. 12). No es el sueldo del último recibo, y el hito es la primera manifestación invalidante, que en las enfermedades profesionales puede ser bastante anterior al diagnóstico.

El piso mínimo y el adicional del 20%

El resultado de la fórmula se compara con un piso mínimo fijado por resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que se actualiza periódicamente, y se toma el mayor de los dos. En incapacidades bajas el piso suele ser el que manda.

A eso se suma el adicional del 20% del Art. 3 de la Ley 26.773, que compensa los daños no cubiertos por las fórmulas. Tiene una excepción importante: no corresponde en los accidentes in itínere, los que ocurren en el trayecto entre la casa y el trabajo. En los casos de muerte o incapacidad total, ese 20% tiene además un piso propio.

Las prestaciones de pago único

Cuando la incapacidad permanente parcial supera el 50%, cuando es total, cuando hay gran invalidez y en los casos de fallecimiento, corresponde además una compensación de pago único del Art. 11.4 de la Ley 24.557, con montos fijos actualizados por la Superintendencia.

Incapacidad temporaria y las prestaciones en especie

Mientras dura la incapacidad temporaria, el trabajador cobra una prestación mensual equivalente a su ingreso base: los primeros diez días los paga el empleador y desde el día once, la ART. Esa etapa se cierra con el alta médica o al cumplirse el plazo máximo legal.

Aparte del dinero, la ART debe cubrir la asistencia médica y farmacéutica, las prótesis y la rehabilitación, sin límite de monto y hasta la curación completa. Ese derecho no se pierde por haber cobrado la indemnización.

El trámite y la opción civil

El reclamo empieza ante las comisiones médicas, que determinan el porcentaje de incapacidad (Ley 27.348). Ese tránsito es obligatorio antes de ir a la justicia.

Cobrar la indemnización tarifada de la ART no es la única vía: existe la opción de reclamar por la vía civil una reparación integral, que suele arrojar montos mayores pero exige probar la responsabilidad del empleador. Las dos vías son excluyentes, y conviene comparar los números antes de decidir.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la indemnización por accidente laboral?
Multiplicando 53 por el ingreso base mensual, por el porcentaje de incapacidad y por el coeficiente 65 dividido tu edad. El resultado se compara con el piso mínimo vigente y se toma el mayor, y sobre eso se suma el adicional del 20% del Art. 3 de la Ley 26.773, salvo que el accidente haya sido in itínere.
¿Qué es el ingreso base mensual?
El promedio de todos los salarios devengados durante el año anterior a la primera manifestación invalidante —o durante el tiempo trabajado, si fue menor—, actualizado mes a mes por el índice RIPTE (Art. 12 de la Ley 24.557). Por eso puede diferir bastante del último recibo.
¿El accidente in itínere cobra lo mismo?
No: al accidente ocurrido en el trayecto entre la casa y el trabajo no le corresponde el adicional del 20% del Art. 3 de la Ley 26.773. El resto de las prestaciones, incluidas la asistencia médica y la fórmula base, se liquidan igual.
¿Qué cobro mientras estoy de licencia por el accidente?
Una prestación mensual equivalente a tu ingreso base: los primeros diez días los paga el empleador y desde el día once, la ART. Esa etapa dura hasta el alta médica o hasta cumplirse el plazo máximo legal de incapacidad temporaria.
¿Puedo reclamar por fuera de la ART?
Sí, existe la opción de reclamar una reparación integral por la vía civil, que suele dar montos mayores pero exige probar la responsabilidad del empleador o el riesgo de la cosa. Las dos vías son excluyentes, así que conviene comparar los números antes de optar.
¿La ART tiene que pagarme los tratamientos?
Sí. Las prestaciones en especie —asistencia médica y farmacéutica, prótesis, rehabilitación— son obligación de la ART hasta la curación completa, sin límite de monto, y no se pierden por haber cobrado la indemnización dineraria.

Para seguir

Información de carácter orientativo elaborada a partir de la normativa vigente. No reemplaza el asesoramiento de un profesional.

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