Escala salarial Industria del Caucho 2026
Convenio colectivo 179/75 · Sindicato Obrero del Caucho y Afines / FAIC (SOCAYA)
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 179/75, vigentes desde el 1 de septiembre de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| Categoría 1Básico de Categoría 1 en octubre de 2026: $ 1.031.184 (convenio 179/75).Peón inicial / Ingresante. Tareas generales de fuerza física y asistencia sin conocimiento técnico previo (carga y descarga de materia prima, limpieza de planta). Promoción automática: primeros 3 meses de trabajo. | $ 1.031.184 |
| Categoría 2Básico de Categoría 2 en octubre de 2026: $ 1.113.728 (convenio 179/75).Operario en aprendizaje. Asistencia directa en máquinas bajo supervisión (abastecer tolvas, mover rollos de material). Se alcanza automáticamente a los 3 meses de antigüedad y dura hasta los 6 meses. | $ 1.113.728 |
| Categoría 3Básico de Categoría 3 en octubre de 2026: $ 1.182.896 (convenio 179/75).Operario general. Operación de herramientas sencillas o máquinas semiautomáticas básicas (rebajadoras, troqueladoras simples, pulidoras). Se alcanza automáticamente a los 6 meses de antigüedad. | $ 1.182.896 |
| Categoría 4Básico de Categoría 4 en octubre de 2026: $ 1.217.744 (convenio 179/75).Operario calificado / Medio oficial. Puestos fijos que requieren precisión y criterio visual (inspectores de cubiertas terminadas, cortadores manuales de telas, revestidores de talones). | $ 1.217.744 |
| Categoría 5Básico de Categoría 5 en octubre de 2026: $ 1.265.264 (convenio 179/75).Oficial de planta. Responsable de maquinaria pesada o de precisión (armadores de bandas, ayudantes de grandes mezcladores, operadores de prensas automáticas de moldeo, cortadores de pliegos). | $ 1.265.264 |
| Categoría 6Básico de Categoría 6 en octubre de 2026: $ 1.315.952 (convenio 179/75).Oficial especializado. Control de equipos críticos donde un error arruina el lote completo (operadores de extrusoras/toberas, calandras de engomado de telas y cables, vulcanizadores a cargo de autoclaves). | $ 1.315.952 |
| Categoría 7Básico de Categoría 7 en octubre de 2026: $ 1.360.480 (convenio 179/75).Oficial técnico / Pesador de compuestos. Puestos de altísima precisión química y técnica (pesadores que dosifican caucho crudo, azufre y acelerantes; armadores de neumáticos de alta complejidad, como aviones o maquinaria vial). | $ 1.360.480 |
| Categoría 8Básico de Categoría 8 en octubre de 2026: $ 1.409.056 (convenio 179/75).Oficial múltiple / Supervisor operativo. Escalón más alto del sector: operarios polivalentes con capacidad de calibrar cualquier máquina de la planta, solucionar fallas técnicas sobre la marcha o coordinar líneas de producción. | $ 1.409.056 |
Acuerdo paritario de la industria del caucho (rama general) para el período 05/2026–04/2027. Fija los aumentos de julio, agosto y septiembre de 2026: 2%, 1,5% y 1,5% acumulativos sobre las remuneraciones vigentes al 30 de junio de 2026.
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Cómo se movió el básico de Industria del Caucho en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Categoría 1 —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de febrero de 2026 | $ 876.128 | — |
| 1 de marzo de 2026 | $ 898.128 | +2,5% |
| 1 de abril de 2026 | $ 925.056 | +3,0% |
| 1 de mayo de 2026 | $ 952.864 | +3,0% |
| 1 de junio de 2026 | $ 981.376 | +3,0% |
| 1 de julio de 2026 | $ 1.001.088 | +2,0% |
| 1 de agosto de 2026 | $ 1.016.048 | +1,5% |
| 1 de septiembre de 2026 | $ 1.031.184 | +1,5% |
Qué se suma al básico en el convenio 179/75
El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 179/75 reconoce 3 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| AntigüedadArt. 5 convenio 179/75 (act. por paritaria): 1% por cada año de antigüedad, sobre las horas remuneradas según categoría. | varía por tramos |
| Premio asistenciaPremio mensual por asistencia (paritaria SOCAYA-FAIC; no figura en el cuerpo de 1975). Montos fijos por vigencia. | varía por categoría |
| Zona desfavorable20% sobre el básico para Neuquén, La Pampa, Río Negro, Santa Cruz, Chubut, Tierra del Fuego, Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur (escala SOCAYA-FAIC). | 20% |
Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.
La jornada de convenio es de 44 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.
Día del gremio en el convenio 179/75
¿Se trabaja? No se trabaja y el día se paga.
Si trabajás, cobrás: No laborable y pago.
Si no trabajás: Cobrás el día igual.
Fuente: Art. 9 del convenio 179/75.
Cada actividad tiene su propio día del gremio y su propia regla sobre si se trabaja y cómo se paga: no se puede generalizar de un convenio a otro. Todas las fechas del año, en el calendario de feriados y días del gremio.
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.
Otras escalas salariales
Otros convenios que firma Sindicato Obrero del Caucho y Afines / FAIC, y otras escalas del catálogo:
- Escala salarial Operarios de Gomerías y Recauchutaje — convenio 231/75
- Escala salarial Industria del Cuero — convenio 142/75
- Escala salarial Industria del Calzado. Obreros internos y trabajadores a domicilio — convenio 652/12
- Escala salarial Industria del Cuero y Afines — convenio 196/75
- Escala salarial Industria de Pinturas — convenio 86/89
- Escala salarial Industria del hielo — convenio 232/94