Escala salarial Empleados textiles 2026
Convenio colectivo 808/24 · Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines de la República Argentina (SETIA)
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 808/24, vigentes desde el 1 de noviembre de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| Supervisor GeneralBásico de Supervisor General en noviembre de 2026: $ 1.094.239 (convenio 808/24).Art. 7: amplio conocimiento de los trabajos del establecimiento; dirige y coordina al personal a su cargo. (convenio 808/24) | $ 1.094.239 |
| SupervisorBásico de Supervisor en noviembre de 2026: $ 1.069.388 (convenio 808/24).Art. 8: supervisa sectores o secciones donde se realizan los procesos o tareas. (convenio 808/24) | $ 1.069.388 |
| Técnico EspecialistaBásico de Técnico Especialista en noviembre de 2026: $ 1.069.388 (convenio 808/24).Art. 9: responsable de las máquinas y su mantenimiento correctivo. (convenio 808/24) | $ 1.069.388 |
| VendedoresBásico de Vendedores en noviembre de 2026: $ 1.069.388 (convenio 808/24).Art. 15: vendedores y/o promotores de venta. (convenio 808/24) | $ 1.069.388 |
| Encargados de AdministraciónBásico de Encargados de Administración en noviembre de 2026: $ 1.033.505 (convenio 808/24).Art. 10: interpretan y hacen ejecutar órdenes en el área administrativa. (convenio 808/24) | $ 1.033.505 |
| Encargados MecánicosBásico de Encargados Mecánicos en noviembre de 2026: $ 1.033.505 (convenio 808/24).Art. 11: responsables de supervisar el mantenimiento mecánico. (convenio 808/24) | $ 1.033.505 |
| Ayudantes de Supervisor GeneralBásico de Ayudantes de Supervisor General en noviembre de 2026: $ 1.033.505 (convenio 808/24).Art. 14: bajo órdenes de un superior, sustituyen al Supervisor General en su ausencia; igual jerarquía que Empleado categoría B. (convenio 808/24) | $ 1.033.505 |
| Vendedores de SalónBásico de Vendedores de Salón en noviembre de 2026: $ 999.329 (convenio 808/24).Art. 16: atienden al público en el salón de ventas. (convenio 808/24) | $ 999.329 |
| Empleados Categoría ABásico de Empleados Categoría A en noviembre de 2026: $ 966.785 (convenio 808/24).Art. 12: realizan tareas administrativas y/o de mayor complejidad y responsabilidad. (convenio 808/24) | $ 966.785 |
| Empleados Categoría BBásico de Empleados Categoría B en noviembre de 2026: $ 935.788 (convenio 808/24).Art. 13: tareas de mediana complejidad; formación mínima secundaria. (convenio 808/24) | $ 935.788 |
| Auxiliar de Transporte ABásico de Auxiliar de Transporte A en noviembre de 2026: $ 906.268 (convenio 808/24).Art. 17 inc. a: choferes de camiones. (convenio 808/24) | $ 906.268 |
| Auxiliar de Transporte BBásico de Auxiliar de Transporte B en noviembre de 2026: $ 878.153 (convenio 808/24).Art. 17 inc. b: acompañantes (sin conducir el vehículo). (convenio 808/24) | $ 878.153 |
| Auxiliares ABásico de Auxiliares A en noviembre de 2026: $ 825.875 (convenio 808/24).Art. 18 Cat. A: vigilancia, porteros y serenos con control, choferes de autoelevadores, cocineros, auxiliar de guarderías/sala cuna. (convenio 808/24) | $ 825.875 |
| Auxiliares BBásico de Auxiliares B en noviembre de 2026: $ 801.589 (convenio 808/24).Art. 18 Cat. B: maestranza y limpieza de áreas no fabriles, ordenanzas. (convenio 808/24) | $ 801.589 |
Acuerdo SETIA-FITA del 13 de agosto de 2026 para el convenio 808/24: escalas de salarios básicos en seis tramos mensuales entre el 1° de julio y el 31 de diciembre de 2026 (incrementos no acumulativos del 1,5%, 3%, 4,5%, 6%, 8% y 10% sobre los básicos de abril de 2026), asignación no remunerativa en cuotas mensuales y actualización de la bonificación por antigüedad del Art. 33 desde agosto y desde octubre de 2026.
Escala revisada en noviembre de 2026.
Próximos aumentos ya firmados — convenio 808/24
El acuerdo vigente ya fija el próximo tramo de la escala. Estos son los básicos que van a regir desde cada fecha:
| Categoría | Desde el 1 de diciembre de 2026 |
|---|---|
| Supervisor General | $ 1.114.502 |
| Supervisor | $ 1.089.191 |
| Técnico Especialista | $ 1.089.191 |
| Vendedores | $ 1.089.191 |
| Encargados de Administración | $ 1.052.644 |
| Encargados Mecánicos | $ 1.052.644 |
| Ayudantes de Supervisor General | $ 1.052.644 |
| Vendedores de Salón | $ 1.017.835 |
| Empleados Categoría A | $ 984.689 |
| Empleados Categoría B | $ 953.117 |
| Auxiliar de Transporte A | $ 923.050 |
| Auxiliar de Transporte B | $ 894.415 |
| Auxiliares A | $ 841.169 |
| Auxiliares B | $ 816.433 |
¿Cuánto se gana con el convenio 808/24 de Empleados textiles en noviembre de 2026?
En noviembre de 2026 el sueldo básico va de $ 801.589 (Auxiliares B) a $ 1.094.239 (Supervisor General). A ese básico se suman la antigüedad, las sumas no remunerativas de la paritaria vigente y los adicionales que correspondan a tu categoría y tu tarea; después se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. Con tu categoría y tu fecha de ingreso, la calculadora de sueldo te da el número exacto.
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Cómo se movió el básico de Empleados textiles en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Supervisor General —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de enero de 2026 | $ 984.777 | — |
| 1 de marzo de 2026 | $ 1.013.184 | +2,9% |
| 1 de abril de 2026 | $ 1.013.184 | +0,0% |
| 1 de julio de 2026 | $ 1.028.382 | +1,5% |
| 1 de agosto de 2026 | $ 1.043.580 | +1,5% |
| 1 de septiembre de 2026 | $ 1.058.777 | +1,5% |
| 1 de octubre de 2026 | $ 1.073.975 | +1,4% |
| 1 de noviembre de 2026 | $ 1.094.239 | +1,9% |
Qué se suma al básico en el convenio 808/24
El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 808/24 reconoce 4 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Premio a la Asistencia, Puntualidad y Contracción al TrabajoArt. 44: 20% del importe total mensual remunerativo, para el trabajador que en el mes cumplió asistencia, puntualidad y horarios completos. No computan asignaciones familiares ni conceptos no remunerativos. | 20% |
| Trabajo nocturnoArt. 22: bonificación del 7% sobre el salario para el trabajador en turno nocturno fijo (jornada entre las 21 y 6 hs). | 7% |
| Bonificación por Zona InhóspitaArt. 32: bonificación por zona inhóspita sobre el básico — 20% Río Negro/Neuquén/Chubut/Santa Cruz; 30% Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur. | según el caso |
| Bonificación por antigüedad (Art. 33)Art. 33: suma fija mensual por antigüedad según grupo de categoría (Auxiliares / Empleados y Vendedores de Salón / Encargados-Vendedores-Técnico-Ayud.Sup.Gral / Supervisores) y tramo de años (1/3/5/7/9/12/15/18/21/24/27/30/35/40 — el trabajador cae en el mayor tramo cumplido; menos de 1 año no percibe). Importes del acta SETIA-FITA vigentes desde 01/2026, actualizados por el acuerdo del 13/08/2026 desde el 1° de agosto (+5%) y desde el 1° de octubre de 2026 (+10% sobre los de enero). Se aplica automáticamente según la antigüedad del perfil. | varía por tramos |
Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.
Además, la paritaria vigente paga 6 sumas por fuera de la escala: Asignación No Remunerativa - agosto 2026 (Acuerdo SETIA-FITA 13/08/2026), Asignación No Remunerativa - septiembre 2026 (Acuerdo SETIA-FITA 13/08/2026), Asignación No Remunerativa - octubre 2026 (Acuerdo SETIA-FITA 13/08/2026), Asignación No Remunerativa - noviembre 2026 (Acuerdo SETIA-FITA 13/08/2026), Asignación No Remunerativa - diciembre 2026 (Acuerdo SETIA-FITA 13/08/2026), Asignación No Remunerativa adicional - enero 2027 pago único (Acuerdo SETIA-FITA 13/08/2026). Las sumas no remunerativas se cobran en el recibo pero no integran el aguinaldo, las vacaciones ni la indemnización.
La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.
Otras escalas salariales
Otros convenios que firma Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines de la República Argentina, y otras escalas del catálogo:
- Escala salarial Empleados de la Industria de la Indumentaria y Afines de la confección — convenio 501/07
- Escala salarial Empleados y capataces del cuero — convenio 125/75
- Escala salarial Empleados de Seguros y Reaseguros — convenio 264/95
- Escala salarial Empleados y obreros de empresas de servicios fúnebres y salas velatorias — convenio 177/75
- Escala salarial Empleados de la Industria del Vidrio y Afines — convenio 683/14
- Escala salarial Empleados y Obreros no Docentes de la Enseñanza Privada — convenio 88/90