Escala salarial Alfajorera y Postres Industrializados 2026
Convenio colectivo 739/16 · Sindicato de Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros (STPSRCPHA (Pasteleros))
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 739/16, vigentes desde el 1 de octubre de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| Encargado Administrativo (Art. 23)Básico de Encargado Administrativo (Art. 23) en octubre de 2026: $ 1.845.606 (convenio 739/16).Cargo directivo, supervisión. Incluye cajeros. | $ 1.845.606 |
| Auxiliar Contable (Art. 22)Básico de Auxiliar Contable (Art. 22) en octubre de 2026: $ 1.676.818 (convenio 739/16).Cuentacorrentista, computación, criterio propio. | $ 1.676.818 |
| Empleado Administrativo (Art. 21)Básico de Empleado Administrativo (Art. 21) en octubre de 2026: $ 1.621.933 (convenio 739/16).Facturista, archivos, computación. | $ 1.621.933 |
| Chofer Repartidor - Cobrador (Art. 24)Básico de Chofer Repartidor - Cobrador (Art. 24) en octubre de 2026: $ 1.712.498 (convenio 739/16).Chofer repartidor. Si cobra y/o reparte: +20% sobre básico. Empleador provee botas y capa de lluvia. | $ 1.712.498 |
| Ayudante Chofer - Clarkista (Art. 25)Básico de Ayudante Chofer - Clarkista (Art. 25) en octubre de 2026: $ 1.571.012 (convenio 739/16).Secunda al chofer. Manejo de clark/autoelevador. | $ 1.571.012 |
| Sereno - Portero (Art. 28)Básico de Sereno - Portero (Art. 28) en octubre de 2026: $ 1.571.012 (convenio 739/16).Vigilancia y portería. | $ 1.571.012 |
| MaestroBásico de Maestro en octubre de 2026: $ 2.205.170,4 (convenio 739/16).Art. 6. Responsable máximo de la elaboración. Categoría operaria de producción; el convenio fija valor hora — básico mensual = valor hora × 190 (Art. 4 bis criterio Pasteleros). La antigüedad se agrega por el adicional (Art. 45). | $ 2.205.170,4 |
| Hornero - Encargado de ExpediciónBásico de Hornero - Encargado de Expedición en octubre de 2026: $ 1.793.786,2 (convenio 739/16).Art. 8. Responsable de la cocción de la mercadería / encargado de expedición. Operaria; básico mensual = valor hora × 190. Antigüedad por adicional (Art. 45). | $ 1.793.786,2 |
| Oficial de Producción y/o MantenimientoBásico de Oficial de Producción y/o Mantenimiento en octubre de 2026: $ 1.719.289,1 (convenio 739/16).Arts. 7 y 26. Oficial de producción (reemplaza al maestro) y/o de mantenimiento. Operaria; básico mensual = valor hora × 190. Antigüedad por adicional (Art. 45). | $ 1.719.289,1 |
| Operario/a Calificado/a y/o ½ Oficial de MantenimientoBásico de Operario/a Calificado/a y/o ½ Oficial de Mantenimiento en octubre de 2026: $ 1.644.231,5 (convenio 739/16).Art. 10 inc. b. Operario calificado (36 meses y capacidad comprobada) y/o medio oficial de mantenimiento. Básico mensual = valor hora × 190. Antigüedad por adicional (Art. 45). | $ 1.644.231,5 |
| Operario/a Capacitado/a y/o Operario de TallerBásico de Operario/a Capacitado/a y/o Operario de Taller en octubre de 2026: $ 1.532.256,9 (convenio 739/16).Art. 10. Operario capacitado o especializado / de taller. Básico mensual = valor hora × 190. Antigüedad por adicional (Art. 45). | $ 1.532.256,9 |
| Operario/a de IngresoBásico de Operario/a de Ingreso en octubre de 2026: $ 1.420.126,5 (convenio 739/16).Art. 11. Categoría operaria de ingreso. Básico mensual = valor hora × 190. Antigüedad por adicional (Art. 45). | $ 1.420.126,5 |
Escala de salarios básicos del convenio 739/16 (rama alfajorera y postres industrializados) correspondiente a octubre de 2026. Sube 1,5% sobre el mes anterior.
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Cómo se movió el básico de Alfajorera y Postres Industrializados en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Encargado Administrativo (Art. 23) —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de abril de 2026 | $ 1.653.460 | — |
| 1 de mayo de 2026 | $ 1.696.450 | +2,6% |
| 1 de junio de 2026 | $ 1.732.075 | +2,1% |
| 1 de julio de 2026 | $ 1.764.984 | +1,9% |
| 1 de agosto de 2026 | $ 1.791.459 | +1,5% |
| 1 de septiembre de 2026 | $ 1.818.331 | +1,5% |
| 1 de octubre de 2026 | $ 1.845.606 | +1,5% |
Qué se suma al básico en el convenio 739/16
El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 739/16 reconoce 3 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| AntigüedadArt. 45 convenio 739/16. De 1 a 3 años: 2%. De 3 a 7 años: 6% (incluye el 7 año). A partir del 8 año: +1% acumulativo por cada año de servicio (interpretacion confirmada por Mariano: 7 años = 6%, el +1% arranca en el 8). Tope a los 30 años = 29%. | varía por tramos |
| Presentismo/Asistencia PerfectaArt. 71 convenio 739/16. 25% del básico convencional si el trabajador tiene asistencia perfecta en el mes. | 25% |
| Adicional Chofer (cobranzas)Art. 24 convenio 739/16. +20% sobre básico para Chofer Repartidor si tiene a su cargo cobranzas y/o reparto. El empleador debe proveer botas y capa de lluvia. | 20% |
Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.
La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.
Día del gremio en el convenio 739/16
¿Se trabaja? No se trabaja y el día se paga.
Si trabajás, cobrás: Pago; los que están de franco o vacaciones igual lo cobran.
Si no trabajás: Cobrás el día igual.
Fuente: Art. 33 del convenio 739/16.
Cada actividad tiene su propio día del gremio y su propia regla sobre si se trabaja y cómo se paga: no se puede generalizar de un convenio a otro. Todas las fechas del año, en el calendario de feriados y días del gremio.
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.
Otras escalas salariales
Otros convenios que firma Sindicato de Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros, y otras escalas del catálogo:
- Escala salarial Heladería — convenio 273/96
- Escala salarial Pastelería — convenio 272/96
- Escala salarial Pizzería — convenio 24/88
- Escala salarial Servicios Rápidos — convenio 329/2000
- Escala salarial Apart-Hoteles — convenio 397/04
- Escala salarial Acumuladores eléctricos — convenio 78/89