Escala salarial Heladería 2026
Convenio colectivo 273/96 · Sindicato de Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros (STPSRCPHA (Pasteleros))
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 273/96, vigentes desde el 1 de julio de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| Maestro HeladeroBásico de Maestro Heladero en octubre de 2026: $ 2.095.221 (convenio 273/96).Responsable de todo el proceso de elaboración (Art. 18) | $ 2.095.221 |
| Oficial Heladero y/o MantenimientoBásico de Oficial Heladero y/o Mantenimiento en octubre de 2026: $ 1.874.171 (convenio 273/96).Secunda al maestro; lo reemplaza (Art. 19) | $ 1.874.171 |
| Medio Oficial y/o CamaristaBásico de Medio Oficial y/o Camarista en octubre de 2026: $ 1.601.997 (convenio 273/96).Realiza tareas sin ser oficial (Art. 20) | $ 1.601.997 |
| Ayudante HeladeroBásico de Ayudante Heladero en octubre de 2026: $ 1.471.019 (convenio 273/96).Secunda en elaboración (Art. 21) | $ 1.471.019 |
| Peón Ayudante HeladeroBásico de Peón Ayudante Heladero en octubre de 2026: $ 1.452.103 (convenio 273/96).Colabora en preparación y limpieza (Art. 22) | $ 1.452.103 |
| Peón de LimpiezaBásico de Peón de Limpieza en octubre de 2026: $ 1.383.929 (convenio 273/96).Limpieza del establecimiento (Art. 23) | $ 1.383.929 |
| Sereno de VigilanciaBásico de Sereno de Vigilancia en octubre de 2026: $ 1.383.929 (convenio 273/96).Vigilancia (Art. 24) | $ 1.383.929 |
| EncargadoBásico de Encargado en octubre de 2026: $ 2.012.117 (convenio 273/96).Responsable directo del establecimiento (Art. 30) | $ 2.012.117 |
| Empleado/a Administrativo/aBásico de Empleado/a Administrativo/a en octubre de 2026: $ 1.526.786 (convenio 273/96).Área administrativa (Art. 31) | $ 1.526.786 |
| Cajero y/o AdicionistaBásico de Cajero y/o Adicionista en octubre de 2026: $ 1.612.217 (convenio 273/96).Cobro de ventas y entrega de tickets (Art. 25 convenio 273/96). | $ 1.612.217 |
| Dependiente de MostradorBásico de Dependiente de Mostrador en octubre de 2026: $ 1.412.667 (convenio 273/96).Expendio al mostrador (Art. 26 convenio 273/96). | $ 1.412.667 |
| Dependiente de SalónBásico de Dependiente de Salón en octubre de 2026: $ 1.690.000 (convenio 273/96).Expendio en salón (Art. 27 convenio 273/96). | $ 1.690.000 |
| Chofer RepartidorBásico de Chofer Repartidor en octubre de 2026: $ 1.581.627 (convenio 273/96).Conducción/transporte. Si cobra y/o toma pedidos: +20% básico (Art. 28 convenio 273/96). | $ 1.581.627 |
| Repartidor a DomicilioBásico de Repartidor a Domicilio en octubre de 2026: $ 1.383.929 (convenio 273/96).Entrega a domicilio por cualquier medio (Art. 32 convenio 273/96). | $ 1.383.929 |
| Peón Carga y Descarga y LavacopasBásico de Peón Carga y Descarga y Lavacopas en octubre de 2026: $ 1.383.929 (convenio 273/96).Carga y descarga de productos; lavacopas (Art. 29 convenio 273/96). | $ 1.383.929 |
Acta paritaria de Pasteleros (Federación de Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros). Rama Heladería del convenio 273/96. Básicos fijos para mar-jun 2026 + escalas julio 2026 (con absorción de NR). NR mensual escalonada por categoría: marzo (~3%) → abril (~6%) → mayo (~9%) → junio (~12.5%). En julio 2026 la NR se absorbe íntegramente al básico.
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Cómo se movió el básico de Heladería en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Maestro Heladero —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de marzo de 2026 | $ 1.861.591 | — |
| 1 de julio de 2026 | $ 2.095.221 | +12,6% |
Qué se suma al básico en el convenio 273/96
El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 273/96 reconoce 4 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| AntigüedadArt. 37. Mínimo 2 años. 2-5: 5% | 5-10: 8% | 10-15: 12% | 15-20: 18% | 20-25: 22% | 25+: 25% | varía por tramos |
| Adicional por temporadaArt. 41. 5% del salario básico de convenio de la categoría, abonado en noviembre, diciembre, enero y febrero (temporada). Activar en esos meses. | 5% |
| Adicional zona fríaArt. 70 (desde 1/10/2010). Adicional por zona fría sobre el básico de la categoría: Río Negro y Neuquén 12,5%; Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego 25%. Proporcional si la jornada es inferior. | según el caso |
| Adicional Chofer (cobranzas/pedidos)Art. 28. 20% del salario básico mensual para el Chofer-Repartidor que efectúa cobranzas y/o toma de pedidos. Activar si realiza esas tareas. | 20% |
Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.
Además, la paritaria vigente paga 5 sumas por fuera de la escala: Asignación No Remunerativa - agosto 2026 (rama Heladería), Asignación No Remunerativa - septiembre 2026 (rama Heladería), Asignación No Remunerativa - octubre 2026 (rama Heladería), Asignación No Remunerativa - noviembre 2026 (rama Heladería), Asignación No Remunerativa - diciembre 2026 (rama Heladería). Las sumas no remunerativas se cobran en el recibo pero no integran el aguinaldo, las vacaciones ni la indemnización.
La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.
Otras escalas salariales
Otros convenios que firma Sindicato de Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros, y otras escalas del catálogo:
- Escala salarial Pastelería — convenio 272/96
- Escala salarial Pizzería — convenio 24/88
- Escala salarial Servicios Rápidos — convenio 329/2000
- Escala salarial Alfajorera y Postres Industrializados — convenio 739/16
- Escala salarial Hospitales Particulares — convenio 103/75
- Escala salarial Gastronómicos UTHGRA — convenio 389/04