Escala salarial Actividad gastronómica modalidad 'comida casual' 2018

Convenio colectivo 750/18 · Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA)

Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 750/18, vigentes desde el 10 de julio de 2018. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.

Atención: no hay acuerdos paritarios posteriores a 10 de julio de 2018 cargados para este convenio. Estos son los últimos básicos publicados; si tu recibo muestra montos mayores, el convenio tuvo una paritaria que todavía no está en nuestra base.
Básicos vigentes — Actividad gastronómica modalidad 'comida casual', convenio 750/18
CategoríaSueldo básico
Empleado AprendizBásico de Empleado Aprendiz vigente desde el 10 de julio de 2018: $ 13.254 (convenio 750/18).Nivel 0. Empleado aprendiz.$ 13.254
Equipo de Cocina y Elaboración / Equipo de Salón / Limpieza / Delivery / Valet ParkingBásico de Equipo de Cocina y Elaboración / Equipo de Salón / Limpieza / Delivery / Valet Parking vigente desde el 10 de julio de 2018: $ 14.727 (convenio 750/18).Nivel 1. Equipo de cocina y elaboración, equipo de salón, limpieza, delivery, valet parking.$ 14.727
Equipo de Cocina / Salón Superior (S) / CamareroBásico de Equipo de Cocina / Salón Superior (S) / Camarero vigente desde el 10 de julio de 2018: $ 15.700 (convenio 750/18).Nivel 2. Equipo de cocina/salón superior (S), camarero.$ 15.700
Entrenador de Cocina / Entrenador de Salón / Camarero Capacitado / CocineroBásico de Entrenador de Cocina / Entrenador de Salón / Camarero Capacitado / Cocinero vigente desde el 10 de julio de 2018: $ 16.691 (convenio 750/18).Nivel 3. Entrenador de cocina, entrenador de salón, camarero capacitado, cocinero.$ 16.691
Organizador de Cocina / Organizador de SalónBásico de Organizador de Cocina / Organizador de Salón vigente desde el 10 de julio de 2018: $ 17.367 (convenio 750/18).Nivel 4. Organizador de cocina, organizador de salón.$ 17.367
Líder de Cocina / Líder de SalónBásico de Líder de Cocina / Líder de Salón vigente desde el 10 de julio de 2018: $ 18.070 (convenio 750/18).Nivel 5. Líder de cocina, líder de salón.$ 18.070
Fuente: Escala salarial original homologada convenio 750/18 (CAECC).

Escala salarial del Anexo I del convenio 750/18 (UTHGRA-CAECC), homologado por RESOL-2018-337-APN-SECT#MT del 10/07/2018. Define básicos y adicionales fijos (Complemento de Servicio, Presentismo, Viático) para los 6 niveles del convenio de comida casual. Montos correspondientes a la homologación original del convenio (2018) — pendientes de actualización por paritaria posterior.

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Qué se suma al básico en el convenio 750/18

El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 750/18 reconoce 8 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría; uno de ellos es no remunerativo, así que no integra el aguinaldo ni la indemnización.

Adicionales del convenio 750/18
ConceptoValor
Adicional por Complemento de ServiciosArt. 28.2 convenio 750/18: 10% sobre el salario básico de la categoría de revista, para todo trabajador gastronómico encuadrado, cualquiera sea su función o nivel. La base de cálculo son únicamente los salarios básicos pactados y homologados en paritarias.10%
Bonificación por AntigüedadArt. 28.3 convenio 750/18: porcentaje NO acumulable sobre el salario básico según años de servicio (escala propia del 750/18): 1% (1-3 años), 2% (3-5), 5% (5-7), 6% (7-9), 7% (9-11), 8% (11-13), 9% (13-15), 11% (15-17) y 15% (17 años en adelante). Se computa desde la fecha de ingreso.varía por tramos
Adicional por PresentismoArt. 28.4 convenio 750/18: 8% sobre el básico de la categoría para el trabajador que no incurra en inasistencias ni tardanzas en el mes. En jornadas reducidas/discontinuas se reduce proporcionalmente.8%
Adicional por AlimentaciónArt. 28.5 convenio 750/18: a opción de la empresa, otorgar la comida en sede o pagar un adicional del 10% del salario básico de la categoría de revista. Si la empresa da almuerzo/cena es beneficio social (no remunerativo).10%
Adicional por Viático (no remunerativo)Art. 28.6 convenio 750/18: viático no remunerativo sin necesidad de comprobantes (art. 106 Ley de Contrato de Trabajo), por montos fijos por nivel pactados en paritaria. Se cobra íntegro por concurrencia; si no se concurre, se descuenta proporcionalmente (divisor 25). El empleado de delivery con vehículo propio percibe un viático no inferior a 10 litros de nafta común. Montos de la escala homologada 2018 — actualizar con paritaria.varía por categoría
Adicional por ZonaArt. 28.7 convenio 750/18: 6% del básico para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y partidos del conurbano bonaerense (Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Almirante Brown, Esteban Echeverría, Ezeiza, La Matanza, Morón, Merlo, Moreno, San Miguel, etc.).6%
Adicional por IdiomaArt. 28.8 convenio 750/18: 5% del salario básico de la categoría para el dependiente a quien se le exija el uso de un idioma como condición para su tarea laboral específica.5%
Adicional por Zona FríaArt. 28.9 convenio 750/18: 28% del básico de convenio de la categoría para el personal que se desempeña en zona fría: Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur, Centro Invernal Las Leñas (Mendoza) y demás centros invernales.28%

Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.

La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.

Día del gremio en el convenio 750/18

Día del Trabajador Gastronómico: en 2026 cae el domingo 2 de agosto de 2026.

¿Se trabaja? Es un día laborable: se trabaja normalmente, con un beneficio económico propio.

Si trabajás, cobrás: Día laborable con facultad de la empresa de no trabajar; convocados cobran recargo del 100% de la jornada.

Si no trabajás: Si la empresa no abre, se liquida como un día común.

Fuente: Art. 22 del convenio 750/18.

Cada actividad tiene su propio día del gremio y su propia regla sobre si se trabaja y cómo se paga: no se puede generalizar de un convenio a otro. Todas las fechas del año, en el calendario de feriados y días del gremio.

Cómo se calcula tu sueldo con esta escala

El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.

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