Escala salarial Construcción en yacimientos petrolíferos 2026

Convenio colectivo 545/08 · Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA)

Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 545/08, vigentes desde el 1 de abril de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.

Básicos vigentes — Construcción en yacimientos petrolíferos, convenio 545/08
CategoríaSueldo básico
AyudanteBásico de Ayudante en octubre de 2026: $ 588.723,84 (convenio 545/08).Trabajador que realiza tareas generales no calificadas. No está habilitado para usar o manipular herramientas, equipos portátiles o máquinas accionadas por energía eléctrica, neumática u otras fuentes. Art. 35 inc. d.$ 588.723,84
Medio OficialBásico de Medio Oficial en octubre de 2026: $ 639.884,16 (convenio 545/08).Trabajador que, habiendo pasado por la categoría de ayudante, tiene conocimientos prácticos del trabajo, de materiales, de herramientas y su utilización. Art. 35 inc. c.$ 639.884,16
OficialBásico de Oficial en octubre de 2026: $ 693.911,04 (convenio 545/08).Trabajador que, habiendo pasado por las categorías inferiores, tiene conocimientos prácticos del trabajo, de materiales y herramientas, y aprobó las pruebas de aptitud cuando la función lo requiere (electricista, amolador, operador de grúa/pluma hasta 160 hp, revestidor, mecánico, arenador, albañil, carpintero, armador de hierros, maquinista hasta 160 hp, choferes y conductores, etc.). Art. 35 inc. b.$ 693.911,04
Oficial EspecializadoBásico de Oficial Especializado en octubre de 2026: $ 814.947,84 (convenio 545/08).Trabajador que, habiendo pasado por las categorías inferiores, tiene conocimientos prácticos del trabajo, interpretación de planos, conocimiento de equipos, herramientas, materiales y medidas, aprobó las pruebas de aptitud y puede liderar un equipo (soldador de alta presión calificado, cañista de montaje, instrumentista, curvador de cañerías, montadores mecánicos/electricistas, operador de grúa/pluma de más de 160 hp, radiólogo, etc.). Categoría máxima del escalafón. Art. 35 inc. a.$ 814.947,84
SerenoBásico de Sereno en octubre de 2026: $ 558.176,8 (convenio 545/08).Trabajador afectado a tareas de vigilancia o custodia; jornada de 12 horas corridas mientras no cumpla otros servicios (9 horas si su función incluye otra actividad de otra índole en forma regular). Se liquida por mes. Art. 35 inc. e.$ 558.176,8
Fuente: UOCRA 545/08 — acuerdo paritario 18/05/2026 (Tabla final, vig. abril 2026).

Escala salarial conformada de la construcción en yacimientos petrolíferos/gasíferos (UOCRA, convenio 545/08), acuerdo del 18/05/2026, vigente desde abril 2026.

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Qué se suma al básico en el convenio 545/08

El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 545/08 reconoce 9 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría; 4 de ellos son no remunerativos, así que no integran el aguinaldo ni la indemnización.

Adicionales del convenio 545/08
ConceptoValor
Adicional por Asistencia Perfecta20% sobre el salario básico de la categoría al trabajador que registre asistencia perfecta en la quincena. No hacen perder el premio: vacaciones, licencias especiales del Art. 26, exámenes, suspensiones por causas climáticas u otras no imputables, feriados, día del gremio, accidentes ART y actos gremiales (convenio 545/08, Art. 18).20%
Adicional por Hormigonado15% sobre el salario básico de la categoría a los obreros ocupados en la colada de hormigón (paleo de áridos, carga y manejo de hormigonera, transporte en obra, guinchero, distribución en encofrado, vibrado, alisado de carpetas, etc.) durante el tiempo de la tarea (convenio 545/08, Art. 36).15%
Adicional por Trabajo en AlturaPorcentaje sobre el salario básico de la categoría por tareas en altura (andamios, torres, montacargas, chimeneas, tanques), con habilitación médica y elementos de seguridad: 15% de 4 a 26 m, 20% de 26 a 40 m, 25% más de 40 m (convenio 545/08, Art. 37).según el caso
ViandaAlimentación diaria en yacimiento, o a opción del empleador una suma por jornada normal y habitual ($53 en 2008, actualizable). Se duplica cuando el trabajador supera en 2 horas efectivas la jornada normal. Carácter no remunerativo. Se pierde por inasistencia injustificada (convenio 545/08, Art. 41).$ 14.101
Ayuda Alimentaria Zonas 3 y 4Suma por día efectivamente trabajado para el personal de las zonas 3 y 4 que se desempeña dentro del yacimiento ($22/día zona 3 y $7/día zona 4 en 2008, actualizable). Se duplica al superar en 2 horas la jornada. Carácter no remunerativo. Se pierde por inasistencia injustificada (convenio 545/08, Art. 42).$ 5.876
Ayuda Alimentaria por Residencia en CampamentoPara los trabajadores que residen en campamento, la empleadora provee la alimentación diaria y además una ayuda alimentaria por día efectivamente trabajado: $53 zonas 1 y 2, $75 zona 3, $60 zona 4 (valores 2008, actualizables). Carácter no remunerativo. Excluye la aplicación de los Arts. 41 y 42 (convenio 545/08, Art. 43).según el caso
Compensación por Hora de ViajeCuando no existen líneas de transporte regulares, la empresa provee transporte y abona una suma por hora de viaje desde el punto de encuentro hasta el campamento/obrador/base dentro del yacimiento ($10/hora en 2008, actualizable). No integra la jornada y es de carácter no remunerativo. Viajes de ida y vuelta de menos de media hora no se computan; las fracciones de más de media hora menores a 15 minutos se computan como 15 minutos (convenio 545/08, Art. 44).$ 6.007
Adicional por ZonaArt. 38 convenio 545/08: adicional por zona geográfica sobre el salario básico de la categoría. Zona I 0% (CABA/Buenos Aires/centro-norte), Zona II 17% (Río Negro, Neuquén, Mendoza, La Pampa, San Juan, San Luis), Zona III 82% (Santa Cruz y Chubut), Zona IV 100% (Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur). Porcentajes de la "Tabla final" del acuerdo 18/05/2026.según el caso
Adicional UOCRAAdicional UOCRA de la grilla salarial del acuerdo 18/05/2026 (convenio 545/08). Monto fijo mensual, uniforme por zona.$ 252.010

Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.

Además, la paritaria vigente paga una suma por fuera de la escala: Asignación Cuenca Petrolera. Las sumas no remunerativas se cobran en el recibo pero no integran el aguinaldo, las vacaciones ni la indemnización.

La jornada de convenio es de 44 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.

Día del gremio en el convenio 545/08

Día del Obrero de la Construcción: en 2026 cae el miércoles 22 de abril de 2026.

¿Se trabaja? No se trabaja y el día se paga.

Si trabajás, cobrás: Día pago no laborable.

Si no trabajás: Cobrás el día igual.

Fuente: Art. 25 del convenio 545/08.

Cada actividad tiene su propio día del gremio y su propia regla sobre si se trabaja y cómo se paga: no se puede generalizar de un convenio a otro. Todas las fechas del año, en el calendario de feriados y días del gremio.

Cómo se calcula tu sueldo con esta escala

El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.

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