Escala salarial Control de peso y calidad de granos 2026
Convenio colectivo 639/11 · Unión Recibidores de Granos y Anexos de la República Argentina (URGARA)
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 639/11, vigentes desde el 1 de febrero de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| Categoría primera A — Perito clasificador con experienciaBásico de Categoría primera A — Perito clasificador con experiencia en octubre de 2026: $ 3.288.685 (convenio 639/11).Trabajador con título habilitante de perito clasificador de cereales y oleaginosas, productos y subproductos expedido por la autoridad administrativa correspondiente, que realiza tareas de recepción y/o entrega y/o clasificación de granos, cereales y oleaginosos, sus productos y subproductos, legumbres secas y semillas que ingresen al ámbito; extracción de muestras y lacrado para su posterior revisión. | $ 3.288.685 |
| Categoría primera B — Perito clasificador sin experiencia previaBásico de Categoría primera B — Perito clasificador sin experiencia previa en octubre de 2026: $ 2.849.980 (convenio 639/11).Trabajador con título habilitante de perito clasificador pero sin experiencia previa en dichas tareas. Al cumplir dos años de antigüedad en el desarrollo efectivo de las tareas en la misma empresa, aun no continuada, debe ser promovido a la categoría Primera A. | $ 2.849.980 |
| Categoría segunda — Operador de pesaje y sistema operativo de plantaBásico de Categoría segunda — Operador de pesaje y sistema operativo de planta en octubre de 2026: $ 2.495.230 (convenio 639/11).Trabajador que, siguiendo directivas, desarrolla las tareas de pesaje de granos, cereales y oleaginosos, sus productos y subproductos, legumbres secas y semillas que se reciban y/o embarquen en el ámbito de aplicación, y también opera y controla el sistema operativo de planta distribuyendo la mercadería durante la recepción y/o embarque. | $ 2.495.230 |
| Categoría tercera — Auxiliar de recibidorBásico de Categoría tercera — Auxiliar de recibidor en octubre de 2026: $ 2.280.255 (convenio 639/11).Trabajadores que realizan tareas generales que no demandan especialidad secundando al recibidor de granos y que, bajo su supervisión, colaboran tanto en la extracción de muestras en general como en la oficina de análisis de muestras. | $ 2.280.255 |
Acuerdo firmado el 15/12/2025 entre URGARA y la Cámara de Puertos Privados Comerciales, que rige la pauta salarial del convenio 639/11 desde el 1° de octubre de 2025 hasta el 30 de junio de 2026. Otorga nuevos básicos remunerativos a partir de diciembre 2025 (sobre el básico de septiembre 2025), con nuevos incrementos en enero 2026 y febrero 2026, más sumas no remunerativas mensuales por categoría (octubre 2025 a enero 2026). Prevé revisión por IPC INDEC del período enero-junio 2026 en la primera quincena de junio 2026.
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Cómo se movió el básico de Control de peso y calidad de granos en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Categoría primera A — Perito clasificador con experiencia —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de enero de 2026 | $ 2.946.850 | — |
| 1 de febrero de 2026 | $ 3.288.685 | +11,6% |
Qué se suma al básico en el convenio 639/11
El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 639/11 reconoce 3 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| PresentismoAsignación mensual por asistencia y puntualidad equivalente a la doceava parte (1/12) del salario básico de convenio de la categoría, abonable junto con la remuneración mensual. Para tener derecho: no más de una ausencia en el mes (no se computan las justificadas ni las licencias del Cap. VII); en cuanto a impuntualidad, tres llegadas tarde equivalen a una inasistencia injustificada al solo efecto del presentismo. (convenio 639/11 art. Art. 14) | 8,3333% |
| AntigüedadBonificación por antigüedad: 1% por cada año de antigüedad calculado sobre el sueldo básico de convenio, no acumulativo, con tope a los 25 años contados desde el inicio de la relación laboral. Se percibe desde el primer día del mes en que se cumple el año de antigüedad. (convenio 639/11 art. Art. 17). NOTA DE MODELADO: tramo único {desde:0, hasta:null, valor:1} = 1%×años; el tope de 25 años (máx. 25%) NO está forzado por el motor — sólo afecta a trabajadores con más de 25 años de antigüedad (decisión Mariano 2026-06-25). | varía por tramos |
| Adicional por turnos rotativos (Art. 25)Art. 25: cuando el empleador dispone trabajo por turnos rotativos y continuados, abona un adicional sobre el salario básico de convenio mientras dure el sistema: 15% por tres turnos (mañana, tarde y noche, de lunes a sábado) o 25% por cuatro turnos (de lunes a domingo, incluyendo fines de semana y feriados). Las dos variantes son excluyentes. Este adicional absorbe hasta su concurrencia cualquier monto por rotación, turno y/o nocturnidad. | según el caso |
Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.
La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.
Otras escalas salariales
Otros convenios que firma Unión Recibidores de Granos y Anexos de la República Argentina, y otras escalas del catálogo:
- Escala salarial Exportación y control de granos — convenio 407/05
- Escala salarial Personal dependiente o jornalizado de las actividades granarias — convenio 574/10
- Escala salarial Convenio Colectivo de Empresa 'E' para la Fundación Favaloro para la Docencia e Investigación Médica — convenio FAVALORO/E
- Escala salarial Construcción en yacimientos petrolíferos — convenio 545/08
- Escala salarial Desmotadores de algodón — convenio 387/04
- Escala salarial Construcción de instalaciones eléctricas — convenio 577/10