Escala salarial Discotecas y locales bailables 2026
Convenio colectivo 798/22 · Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público, Privado, Diversión, Ocio, Juego, Cultura, Esparcimiento, Entretenimiento y Afines de la República Argentina (SUTEP)
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 798/22, vigentes desde el 1 de noviembre de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| AdministradoresBásico de Administradores en noviembre de 2026: $ 2.416.181 (convenio 798/22).Administradores — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 2.416.181 |
| Encargado de RRPPBásico de Encargado de RRPP en noviembre de 2026: $ 2.044.803 (convenio 798/22).Encargado de RRPP — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 2.044.803 |
| Encargado de Vigilancia y ControlBásico de Encargado de Vigilancia y Control en noviembre de 2026: $ 2.044.803 (convenio 798/22).Encargado de Vigilancia y Control — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 2.044.803 |
| Jefe de Valet ParkingBásico de Jefe de Valet Parking en noviembre de 2026: $ 2.044.803 (convenio 798/22).Jefe de Valet Parking — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 2.044.803 |
| TelefonistaBásico de Telefonista en noviembre de 2026: $ 2.044.803 (convenio 798/22).Telefonista — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 2.044.803 |
| Disc JockeyBásico de Disc Jockey en noviembre de 2026: $ 2.044.803 (convenio 798/22).Disc Jockey — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 2.044.803 |
| DifusoresBásico de Difusores en noviembre de 2026: $ 2.044.803 (convenio 798/22).Difusores — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 2.044.803 |
| Técnico de ArmadoBásico de Técnico de Armado en noviembre de 2026: $ 2.044.803 (convenio 798/22).Técnico de Armado — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 2.044.803 |
| SerenosBásico de Serenos en noviembre de 2026: $ 1.926.628 (convenio 798/22).Serenos — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.926.628 |
| ChoferBásico de Chofer en noviembre de 2026: $ 1.926.628 (convenio 798/22).Chofer — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.926.628 |
| Boleteros-CajerosBásico de Boleteros-Cajeros en noviembre de 2026: $ 1.858.714 (convenio 798/22).Boleteros-Cajeros — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.858.714 |
| Ayudante de DifusorBásico de Ayudante de Difusor en noviembre de 2026: $ 1.858.714 (convenio 798/22).Ayudante de Difusor — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.858.714 |
| IluminadoresBásico de Iluminadores en noviembre de 2026: $ 1.858.714 (convenio 798/22).Iluminadores — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.858.714 |
| Personal de RRPPBásico de Personal de RRPP en noviembre de 2026: $ 1.858.714 (convenio 798/22).Personal de RRPP — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.858.714 |
| SonidistasBásico de Sonidistas en noviembre de 2026: $ 1.858.714 (convenio 798/22).Sonidistas — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.858.714 |
| Academia de BaileBásico de Academia de Baile en noviembre de 2026: $ 1.858.714 (convenio 798/22).Academia de Baile — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.858.714 |
| Mecánico de EquiposBásico de Mecánico de Equipos en noviembre de 2026: $ 1.858.714 (convenio 798/22).Mecánico de Equipos — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.858.714 |
| Personal de Alimentos y BebidasBásico de Personal de Alimentos y Bebidas en noviembre de 2026: $ 1.858.714 (convenio 798/22).Personal de Alimentos y Bebidas — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.858.714 |
| Asistencia de Alimentos y BebidasBásico de Asistencia de Alimentos y Bebidas en noviembre de 2026: $ 1.673.036 (convenio 798/22).Asistencia de Alimentos y Bebidas — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.673.036 |
| PorterosBásico de Porteros en noviembre de 2026: $ 1.673.036 (convenio 798/22).Porteros — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.673.036 |
| Valet ParkingBásico de Valet Parking en noviembre de 2026: $ 1.673.036 (convenio 798/22).Valet Parking — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.673.036 |
| AcomodadoresBásico de Acomodadores en noviembre de 2026: $ 1.673.036 (convenio 798/22).Acomodadores — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.673.036 |
| RecepcionistaBásico de Recepcionista en noviembre de 2026: $ 1.673.036 (convenio 798/22).Recepcionista — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.673.036 |
| VigilanciaBásico de Vigilancia en noviembre de 2026: $ 1.598.604 (convenio 798/22).Vigilancia — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.598.604 |
| AdministrativosBásico de Administrativos en noviembre de 2026: $ 1.598.604 (convenio 798/22).Administrativos — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.598.604 |
| ControlesBásico de Controles en noviembre de 2026: $ 1.486.719 (convenio 798/22).Controles — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.486.719 |
| UtilerosBásico de Utileros en noviembre de 2026: $ 1.486.719 (convenio 798/22).Utileros — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.486.719 |
| PeónBásico de Peón en noviembre de 2026: $ 1.486.719 (convenio 798/22).Peón — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.486.719 |
| MaestranzaBásico de Maestranza en noviembre de 2026: $ 1.486.719 (convenio 798/22).Maestranza — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.486.719 |
| ToiletteBásico de Toilette en noviembre de 2026: $ 1.226.846 (convenio 798/22).Toilette — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.226.846 |
| Vendedor de GolosinasBásico de Vendedor de Golosinas en noviembre de 2026: $ 1.226.846 (convenio 798/22).Vendedor de Golosinas — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.226.846 |
| LimpiezaBásico de Limpieza en noviembre de 2026: $ 1.226.846 (convenio 798/22).Limpieza — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.226.846 |
| GuardarropasBásico de Guardarropas en noviembre de 2026: $ 1.226.846 (convenio 798/22).Guardarropas — convenio 798/22 SUTEP, Diversiones Públicas (discotecas y locales bailables). | $ 1.226.846 |
Grilla 2026 de Diversiones Públicas (SUTEP, convenio 798/22) completada con octubre, noviembre y diciembre. Septiembre repite agosto.
Escala revisada en noviembre de 2026.
Próximos aumentos ya firmados — convenio 798/22
El acuerdo vigente ya fija el próximo tramo de la escala. Estos son los básicos que van a regir desde cada fecha:
| Categoría | Desde el 1 de diciembre de 2026 |
|---|---|
| Administradores | $ 2.479.002 |
| Encargado de RRPP | $ 2.097.968 |
| Encargado de Vigilancia y Control | $ 2.097.968 |
| Jefe de Valet Parking | $ 2.097.968 |
| Telefonista | $ 2.097.968 |
| Disc Jockey | $ 2.097.968 |
| Difusores | $ 2.097.968 |
| Técnico de Armado | $ 2.097.968 |
| Serenos | $ 1.976.720 |
| Chofer | $ 1.976.720 |
| Boleteros-Cajeros | $ 1.907.040 |
| Ayudante de Difusor | $ 1.907.040 |
| Iluminadores | $ 1.907.040 |
| Personal de RRPP | $ 1.907.040 |
| Sonidistas | $ 1.907.040 |
| Academia de Baile | $ 1.907.040 |
| Mecánico de Equipos | $ 1.907.040 |
| Personal de Alimentos y Bebidas | $ 1.907.040 |
| Asistencia de Alimentos y Bebidas | $ 1.716.535 |
| Porteros | $ 1.716.535 |
| Valet Parking | $ 1.716.535 |
| Acomodadores | $ 1.716.535 |
| Recepcionista | $ 1.716.535 |
| Vigilancia | $ 1.640.168 |
| Administrativos | $ 1.640.168 |
| Controles | $ 1.525.374 |
| Utileros | $ 1.525.374 |
| Peón | $ 1.525.374 |
| Maestranza | $ 1.525.374 |
| Toilette | $ 1.258.744 |
| Vendedor de Golosinas | $ 1.258.744 |
| Limpieza | $ 1.258.744 |
| Guardarropas | $ 1.258.744 |
¿Cuánto se gana con el convenio 798/22 de Discotecas y locales bailables en noviembre de 2026?
En noviembre de 2026 el sueldo básico va de $ 1.226.846 (Toilette) a $ 2.416.181 (Administradores). A ese básico se suman la antigüedad y los adicionales que correspondan a tu categoría y tu tarea; después se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. Con tu categoría y tu fecha de ingreso, la calculadora de sueldo te da el número exacto.
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Cómo se movió el básico de Discotecas y locales bailables en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Administradores —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de enero de 2026 | $ 1.857.471 | — |
| 1 de febrero de 2026 | $ 1.903.908 | +2,5% |
| 1 de marzo de 2026 | $ 1.951.505 | +2,5% |
| 1 de abril de 2026 | $ 2.000.293 | +2,5% |
| 1 de mayo de 2026 | $ 2.080.305 | +4,0% |
| 1 de junio de 2026 | $ 2.163.517 | +4,0% |
| 1 de julio de 2026 | $ 2.228.422 | +3,0% |
| 1 de agosto de 2026 | $ 2.295.275 | +3,0% |
| 1 de octubre de 2026 | $ 2.354.952 | +2,6% |
| 1 de noviembre de 2026 | $ 2.416.181 | +2,6% |
Qué se suma al básico en el convenio 798/22
El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 798/22 reconoce 6 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría; uno de ellos es no remunerativo, así que no integra el aguinaldo ni la indemnización.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| AntigüedadAdicional por antigüedad del 3% por año de antigüedad en la empresa, a partir del mes en que cumple 1 año, calculado únicamente sobre el básico de la categoría que revista el trabajador (Art. 10). | varía por tramos |
| PresentismoAdicional del 10% del salario básico de la categoría para el trabajador que en el mes calendario concurrió todos los días y cumplió todas las jornadas asignadas (Art. 11). Sólo se justifican las ausencias por licencia anual, especiales del Art. 22 y gremiales. | 10% |
| Fallo de CajaImporte mensual del 10% de la remuneración básica de la categoría, en concepto de fallo de caja, para Boletero-Cajero y Vendedor de Golosinas (Art. 6). No se sanciona faltantes/sobrantes hasta la concurrencia de ese porcentaje. | 10% |
| Adicional por Propina (Valet Parking)El personal de Valet Parking percibe un 15% de su salario básico mensual en concepto de Adicional por Propina, a cargo del empleador (Art. 6). | 15% |
| Zona FríaAdicional del 20% del salario básico de cada categoría para los trabajadores que prestan tareas en la Región Patagónica (Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur). Integra la remuneración para horas extras, aguinaldo, vacaciones e indemnización (Art. 14). | 20% |
| Viático por permanencia fuera del domicilioCuando por la distancia el trabajador trasladado deba permanecer fuera de su domicilio, percibe un suplemento del 15% de la remuneración básica de su categoría por cada día en que persista esa situación (Art. 13). Los viáticos por gastos con comprobante no integran la remuneración (Art. 6 Ley 24.241). | 15% |
Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.
La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.
Día del gremio en el convenio 798/22
¿Se trabaja? No se trabaja: está equiparado al feriado nacional a todos los efectos.
Si trabajás, cobrás: Considerado feriado: doble.
Si no trabajás: Cobrás el día igual.
Fuente: Art. 21 del convenio 798/22.
Cada actividad tiene su propio día del gremio y su propia regla sobre si se trabaja y cómo se paga: no se puede generalizar de un convenio a otro. Todas las fechas del año, en el calendario de feriados y días del gremio.
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.
Otras escalas salariales
Otros convenios que firma Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público, Privado, Diversión, Ocio, Juego, Cultura, Esparcimiento, Entretenimiento y Afines de la República Argentina, y otras escalas del catálogo:
- Escala salarial Electricistas de Teatro — convenio 312/75
- Escala salarial Espectáculo Público — convenio 296/75
- Escala salarial Extras cinematográficos — convenio 137/70
- Escala salarial Extras de cine publicitario — convenio 802/23
- Escala salarial Extras de T.V. — convenio 524/07
- Escala salarial Droguerías — convenio 120/75