Escala salarial Personal de panaderías 2026
Convenio colectivo 478/06 · Federación Argentina Unión Personal Panaderías y Afines (FAUPPA)
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 478/06, vigentes desde el 1 de septiembre de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| Oficial maestroBásico de Oficial maestro en octubre de 2026: $ 1.418.259 (convenio 478/06).Trabajador capaz de elaborar y cocinar cualquiera de los productos del Art. 4 del convenio. Supervisa el desarrollo de las tareas y es responsable del control de calidad de las piezas elaboradas dentro del horario o sistema adoptado. | $ 1.418.259 |
| Medio oficialBásico de Medio oficial en octubre de 2026: $ 1.397.754 (convenio 478/06).No tiene el oficio de maestro pero está en condiciones de reemplazarlo temporariamente, percibiendo en tal caso la remuneración de oficial maestro por el tiempo del reemplazo. Realiza todas las tareas de las distintas etapas de elaboración hasta terminar los productos. Finalizadas sus tareas habituales, ordena el sector de producción y limpia los útiles y elementos de trabajo. | $ 1.397.754 |
| Cajero/cajeraBásico de Cajero/cajera en octubre de 2026: $ 1.397.754 (convenio 478/06).Atiende la caja cobrando las ventas al público. Si el empleador lo considera necesario también debe atender al público despachando mercaderías, cumpliendo funciones de dependiente a mostrador. | $ 1.397.754 |
| RepartidorBásico de Repartidor en octubre de 2026: $ 1.397.754 (convenio 478/06).Realiza el reparto de mercaderías fuera del establecimiento con los medios proporcionados por la patronal, estando a su cargo el cuidado de los elementos que utiliza. | $ 1.397.754 |
| AyudanteBásico de Ayudante en octubre de 2026: $ 1.395.063 (convenio 478/06).Acarreo de materias primas, quemado del horno, cepillado y arrollado de tendillos. Estiba y da en pala todos los productos que se elaboren y toda otra labor referida a la producción. Si el horno fuera automático y el empleador o encargado lo requiere, cocina. A la finalización de las tareas ordena junto con el medio oficial el sector de producción. | $ 1.395.063 |
| Dependiente/a administrativoBásico de Dependiente/a administrativo en octubre de 2026: $ 1.393.176 (convenio 478/06).Atiende al público, ordena y completa la exhibición de productos, efectúa la limpieza de vidrieras, vitrinas y toda tarea secundaria relacionada con la higiene general de la parte comercial. En caso de emergencia puede ocupar el puesto de cajera/o. | $ 1.393.176 |
| PeónBásico de Peón en octubre de 2026: $ 1.391.686 (convenio 478/06).Efectúa la limpieza del establecimiento, útiles de labor, limpia y engrasa latas, maquinarias y/o cualesquiera otras tareas inherentes a su categoría. No participa en la elaboración. | $ 1.391.686 |
Acuerdo de recomposicion salarial de la industria del pan. Escala de mayo a septiembre de 2026, con sumas no remunerativas que se incorporan al basico del mes siguiente.
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Cómo se movió el básico de Personal de panaderías en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Oficial maestro —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de mayo de 2026 | $ 1.250.268 | — |
| 1 de junio de 2026 | $ 1.285.276 | +2,8% |
| 1 de julio de 2026 | $ 1.321.264 | +2,8% |
| 1 de agosto de 2026 | $ 1.388.259 | +5,1% |
| 1 de septiembre de 2026 | $ 1.418.259 | +2,2% |
Qué se suma al básico en el convenio 478/06
El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 478/06 reconoce 2 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| AntigüedadArt. 8 (Escalafón por antigüedad): bonificación mínima por antigüedad del uno por ciento (1%) de la remuneración por cada año de servicio. | varía por tramos |
| Plus por jornada partidaArt. 16: quien trabaje en régimen de jornada partida percibe su salario habitual más un plus del cuarenta por ciento (40%). En ese régimen no pueden laborar más de dos trabajadores. | 40% |
Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.
Además, la paritaria vigente paga una suma por fuera de la escala: Suma fija no remunerativa agosto 2026 (Anexo I). Las sumas no remunerativas se cobran en el recibo pero no integran el aguinaldo, las vacaciones ni la indemnización.
La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.
Otras escalas salariales
Otras escalas del catálogo, con sus básicos por categoría:
- Escala salarial Personal de teatros — convenio 291/75
- Escala salarial Personal de la empresa Sinergium Biotech S.A. — convenio CCT-EMPRESA-SINERGIUM
- Escala salarial Personal dependiente o jornalizado de las actividades granarias — convenio 574/10
- Escala salarial Personal de la actividad de Gas Licuado de Petróleo — convenio 592/10
- Escala salarial Personal obrero — convenio 790/21
- Escala salarial Personal de guardavidas en playas — convenio 179/91