Escala salarial Personal de guardavidas en playas 2026
Convenio colectivo 179/91 · Sindicato Único de Guardavidas y Afines de la República Argentina (SUGARA)
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 179/91, vigentes desde el 1 de noviembre de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| GuardavidasBásico de Guardavidas en noviembre de 2026: $ 1.561.968 (convenio 179/91).Trabajador que se desempeña en playas marítimas, fluviales, lagos, lagunas (naturales o artificiales), natatorios, piletas, muelles o espigones utilizados para prácticas deportivas, o en todo lugar donde se practiquen actividades acuáticas, sean de carácter público o privado. Su función es la prevención y rescate de bañistas. | $ 1.561.968 |
Escala salarial publicada por el sindicato con vigencia desde el 1° de julio de 2026, conforme el acta acuerdo del 6/08/2026. Fija el salario básico por 26 días en cinco tramos mensuales, de julio a noviembre de 2026, y una suma no remunerativa de septiembre a noviembre. La jornada del convenio es de seis horas diarias o treinta y seis semanales.
Escala revisada en noviembre de 2026.
¿Cuánto se gana con el convenio 179/91 de Personal de guardavidas en playas en noviembre de 2026?
En noviembre de 2026 el sueldo básico es de $ 1.561.968. A ese básico se suman la antigüedad, las sumas no remunerativas de la paritaria vigente y los adicionales que correspondan a tu categoría y tu tarea; después se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. Con tu categoría y tu fecha de ingreso, la calculadora de sueldo te da el número exacto.
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Cómo se movió el básico de Personal de guardavidas en playas en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Guardavidas —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de mayo de 2026 | $ 1.432.904 | — |
| 1 de julio de 2026 | $ 1.461.562 | +2,0% |
| 1 de agosto de 2026 | $ 1.489.332 | +1,9% |
| 1 de septiembre de 2026 | $ 1.514.650 | +1,7% |
| 1 de octubre de 2026 | $ 1.538.884 | +1,6% |
| 1 de noviembre de 2026 | $ 1.561.968 | +1,5% |
Qué se suma al básico en el convenio 179/91
El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 179/91 reconoce 6 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| AntigüedadArts. 48 inc. b) y 49 convenio 179/91: bonificación del 3% del salario básico por cada temporada trabajada o año de servicio continuo (natatorios cubiertos). Se computa la actividad total en el ejercicio de la profesión y rige desde el mes siguiente al que se cumplen los términos de cada temporada; a estos fines cada temporada cuenta como un año. | varía por tramos |
| Asignación por tarea riesgosa (Art. 48 c)Art. 48 inc. c) convenio 179/91: asignación por tarea riesgosa equivalente al 50% del sueldo básico. | 50% |
| Presentismo (Art. 48 d)Art. 48 inc. d) convenio 179/91: presentismo equivalente al 7% del sueldo básico. | 7% |
| Zona desfavorable (Art. 48 g)Art. 48 inc. g) (incorporado por la Res. 2377/23): los guardavidas que trabajan en Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego perciben un adicional del 20% del salario básico de convenio. | 20% |
| Trabajo nocturno (Art. 48 i)Art. 48 inc. i) (incorporado por la Res. 1675/2022): quienes trabajan entre las 22 y las 6 horas perciben el 25% sobre el básico mensual por ese concepto. | 25% |
| Zona cordillerana (Art. 48 j)Art. 48 inc. j): los guardavidas que trabajan en distritos o departamentos de San Juan y Mendoza limítrofes con la cordillera de los Andes perciben un adicional del 15% del salario básico de convenio. | 15% |
Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.
Además, la paritaria vigente paga una suma por fuera de la escala: Adicional no remunerativo — acuerdo julio 2026. Las sumas no remunerativas se cobran en el recibo pero no integran el aguinaldo, las vacaciones ni la indemnización.
La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.
Otras escalas salariales
Otras escalas del catálogo, con sus básicos por categoría:
- Escala salarial Personal de la actividad de Gas Licuado de Petróleo — convenio 592/10
- Escala salarial Personal de estaciones de servicio y anexos — convenio 488/07
- Escala salarial Personal de la empresa Sinergium Biotech S.A. — convenio CCT-EMPRESA-SINERGIUM
- Escala salarial Personal de estaciones de servicio y anexos — convenio 415/05
- Escala salarial Personal de panaderías — convenio 478/06
- Escala salarial Personal de estaciones de servicio y anexos — convenio 371/03