Escala salarial Personal de estaciones de servicio y anexos 2026
Convenio colectivo 317/99 · Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, GNC, Garages, Playas de Estacionamiento y Lavaderos (S.O.E.S.G.y P.E.) (SOESGYPE)
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 317/99, vigentes desde el 1 de julio de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| Encargado de turnoBásico de Encargado de turno en octubre de 2026: $ 1.600.406,45 (convenio 317/99).Art. 6: responsable, en su turno, de estar a cargo del establecimiento, velar por el buen funcionamiento, verificar los tanques subterráneos y cisternas, reponer los productos para la venta al público, recibir las recaudaciones de los operarios de playa, controlar y autorizar cheques y tarjetas de crédito, supervisar la limpieza y el mantenimiento, controlar los servicios de lavado y engrase, leer los totalizadores de los surtidores al comienzo y cierre del turno y confeccionar la planilla de caja del turno. En la escala figura como ENCARGADOS. | $ 1.600.406,45 |
| Personal administrativoBásico de Personal administrativo en octubre de 2026: $ 1.569.084,68 (convenio 317/99).Art. 6: tareas relacionadas con la administración del establecimiento, bancarias y de cobranza de cuentas corrientes en sede, manejo de computadoras y todo lo relacionado con la administración. Si debe efectuar cobranzas fuera del establecimiento, la patronal le provee los medios de movilidad. En la escala figura como ADMINISTRATIVOS. | $ 1.569.084,68 |
| Operario de servicioBásico de Operario de servicio en octubre de 2026: $ 1.564.268,58 (convenio 317/99).Art. 6: 1) Engrasador, empleado con conocimiento de las tareas de engrase y lubricado según las exigencias de la industria automotriz; 2) Lavador, quien efectúa limpieza, lavado y secado de automotores, incluida la extracción de barros de la fosa de lavado; 3) Gomero, quien realiza las tareas inherentes a esa actividad. En la escala figura como OP. SERVICIO. | $ 1.564.268,58 |
| Operario de playaBásico de Operario de playa en octubre de 2026: $ 1.545.472,32 (convenio 317/99).Art. 6: operario de playa de GNC y/o líquidos y/o combustibles de cualquier tipo. Expendio de combustibles, limpieza de parabrisas, revisado y reposición de aceite de motor, agua de radiador y de baterías y control de la presión de los neumáticos. Es colaborador directo del encargado de turno; si maneja fondos percibe el adicional por manejo de fondos. En la escala figura como OP. DE PLAYA. | $ 1.545.472,32 |
| Operario auxiliarBásico de Operario auxiliar en octubre de 2026: $ 1.505.559,36 (convenio 317/99).Art. 6: realiza especialmente tareas de mantenimiento del establecimiento, en forma habitual y no eventual. En la escala figura como OP. AUXILIAR. | $ 1.505.559,36 |
| Operario conductorBásico de Operario conductor en octubre de 2026: $ 1.535.177,25 (convenio 317/99).Art. 6: conduce camión de transporte de combustibles líquidos, lubricantes y derivados para la propia estación de servicio y para clientes, y otro vehículo para cobranzas de cuentas corrientes y traslados a bancos; es además el encargado del movimiento de combustibles y lubricantes. Si debe trasladarse a más de 100 km se le abonan los gastos de movilidad y viáticos por cada kilómetro recorrido. En la escala figura como OP. CONDUCTOR. | $ 1.535.177,25 |
| Operario de interior y anexoBásico de Operario de interior y anexo en octubre de 2026: $ 1.529.943,26 (convenio 317/99).Art. 6: bajo supervisión del encargado de turno, provisión de insumos y consumos, cobranza de todo tipo de ventas o servicios, control y reposición de existencias de insumos y toda otra actividad que se desarrolle en el interior o en los anexos. En la escala figura como OP.INT. Y ANEXOS. | $ 1.529.943,26 |
| SerenoBásico de Sereno en octubre de 2026: $ 1.541.730,26 (convenio 317/99).Art. 6: realiza exclusivamente tareas de guardia y/o vigilancia. Si cumpliera otras tareas se lo considera encargado de turno, siempre que se encuentre solo en el lugar de trabajo durante todo el horario para desempeñar tareas varias. | $ 1.541.730,26 |
Escalas de abril, mayo, junio y julio de 2026 para el personal de estaciones de servicio. El acuerdo otorgó una asignación no remunerativa de $70.700 en abril, que se hizo remunerativa en mayo integrando el básico, aumentos del 2,3% en abril, 2,2% en mayo y 2% en junio, y una asignación no remunerativa de $30.000 en junio que pasó al básico en julio.
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Cómo se movió el básico de Personal de estaciones de servicio y anexos en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Encargado de turno —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de abril de 2026 | $ 1.435.771,79 | — |
| 1 de mayo de 2026 | $ 1.539.614,17 | +7,2% |
| 1 de junio de 2026 | $ 1.570.406,45 | +2,0% |
| 1 de julio de 2026 | $ 1.600.406,45 | +1,9% |
Qué se suma al básico en el convenio 317/99
El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 317/99 reconoce 5 conceptos que se suman aparte y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| AntigüedadArt. 11: por cada año aniversario de antigüedad, 2% de la remuneración básica de la categoría de revista hasta los 20 años inclusive, y 3% por cada año adicional a partir del año 21. El aumento de alícuota no alcanza a los primeros 20 años, que siguen al 2%: por ejemplo, 25 años de antigüedad dan el 55%. | varía por tramos |
| Premio a la asistenciaArt. 13: premio mensual a la asistencia del 8% del salario básico de la categoría. No se abona cuando el trabajador incurre en una falta injustificada y/o tres llegadas tarde en el mes. Son inasistencias justificadas los permisos gremiales, la licencia por matrimonio, el nacimiento de hijo, la licencia anual, el accidente de trabajo, el fallecimiento de madre, padre, esposa e hijos y la enfermedad con certificado médico. | 8% |
| Manejo de fondosArt. 12: adicional por riesgo de caja del 8% para todo el personal que maneje fondos del empleador. La escala vigente lo habilita a todas las categorías salvo Operario de servicio y Operario auxiliar. | 8% |
| Reconocimiento a la capacitaciónArt. 32 bis: bonificación del 5% sobre la remuneración básica para los trabajadores que obtengan título de Bachiller, Perito Mercantil o Técnico Industrial, y para quienes obtengan títulos de nivel terciario y/o universitario. | 5% |
| Compensación por tolerancia horariaArt. 46 bis: al trabajador que confecciona las planillas diarias de rendición de caja y dinero al finalizar su turno se le reconoce, como compensación por el tiempo adicional que demanda esa tarea, el pago fijo del equivalente a nueve horas simples mensuales. Equivale al 4,5% del básico mensual, porque la escala publica el valor hora como el básico dividido 200. | 4,5% |
Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.
La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.
Otras escalas salariales
Otros convenios que firma Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, GNC, Garages, Playas de Estacionamiento y Lavaderos (S.O.E.S.G.y P.E.), y otras escalas del catálogo:
- Escala salarial Personal de estaciones de servicio y anexos — convenio 371/03
- Escala salarial Personal de estaciones de servicio y anexos — convenio 415/05
- Escala salarial Personal de estaciones de servicio y anexos — convenio 488/07
- Escala salarial Trabajadores de garajes — convenio 772/19
- Escala salarial Trabajadores de lavaderos automáticos y manuales de automotores — convenio 427/05
- Escala salarial Personal de estaciones de servicio — convenio 521/07