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Calculadora de aguinaldo (SAC) 2026

Calculá tu aguinaldo (SAC) 2026 en Argentina: 50% de la mejor remuneración mensual del semestre según tu convenio, con deducciones y neto. Gratis.

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Cómo se calcula el aguinaldo (sueldo anual complementario)

El aguinaldo es el 50% de la mejor remuneración mensual del semestre, y se paga en dos cuotas con vencimiento el 30 de junio y el 18 de diciembre (Arts. 121 a 123 de la Ley de Contrato de Trabajo). La palabra clave es "mejor", no "última" ni "promedio": si un mes del semestre cobraste más, ese es el que manda.

La mejor remuneración del semestre, no la última

El Art. 122 manda liquidar cada cuota sobre el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre. Es el error más común: tomar el sueldo de junio o de diciembre en lugar de buscar el mes más alto.

La diferencia aparece sobre todo cuando en el semestre hubo horas extras, un mes con más comisiones o un adicional que se cobró una sola vez. Esta calculadora recorre los seis meses del semestre con las escalas del convenio y elige el mayor.

"Por todo concepto" incluye las horas extras y los adicionales remunerativos del mes. Lo que no integra la base son las sumas no remunerativas, mientras sigan teniendo ese carácter.

Los dos semestres y sus fechas de pago

El primer semestre va de enero a junio y vence el 30 de junio; el segundo, de julio a diciembre, vence el 18 de diciembre. Son fechas de vencimiento del pago, no de devengamiento: el derecho se va ganando mes a mes.

Aguinaldo proporcional: si no trabajaste el semestre completo

Si entraste o saliste en el medio del semestre, cobrás la parte proporcional al tiempo trabajado. El Art. 123 lo define como la doceava parte de las remuneraciones devengadas en la fracción del semestre trabajada, y se aplica cualquiera sea la causa de la extinción: renuncia, despido con causa o sin causa.

La calculadora prorratea por los días trabajados del semestre cuando le cargás la fecha de ingreso o de egreso.

Qué genera aguinaldo y qué no

Generan aguinaldo todos los conceptos remunerativos: el básico, los adicionales del convenio, las horas extras y las comisiones. También lo generan el preaviso y la integración del mes de despido cuando se liquidan como indemnización sustitutiva.

No lo generan las sumas no remunerativas de paritaria ni la indemnización por antigüedad del Art. 245, que es una reparación y no una remuneración.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre (Art. 122 de la Ley de Contrato de Trabajo). No es el promedio ni el último sueldo: es el mes más alto de los seis, incluyendo horas extras y adicionales remunerativos.
¿Cuándo se cobra el aguinaldo?
En dos cuotas: la primera con vencimiento el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre de cada año. La primera se calcula sobre el mejor mes de enero a junio y la segunda sobre el mejor mes de julio a diciembre.
¿Me corresponde aguinaldo si renuncié?
Sí, la parte proporcional al tiempo trabajado del semestre, cualquiera sea la causa de la extinción (Art. 123). El aguinaldo proporcional se paga igual en la renuncia, en el despido sin causa y en el despido con causa.
¿Las horas extras entran en el aguinaldo?
Sí. El Art. 122 habla de la mayor remuneración devengada "por todo concepto", así que las horas extras del mes integran la base. Si un mes tuviste muchas horas extras, es probable que ese sea justamente el mejor mes del semestre.
¿Las sumas no remunerativas generan aguinaldo?
No, mientras conserven ese carácter. Es la contracara de que no tengan descuentos de jubilación ni obra social. Cuando la paritaria las incorpora al básico, desde ese momento pasan a integrar la base del aguinaldo.

Para seguir

Información de carácter orientativo elaborada a partir de la normativa vigente. No reemplaza el asesoramiento de un profesional.

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