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Escala salarial Industria Metalúrgica 2026

Convenio colectivo 260/75 · Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM)

Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 260/75, vigentes desde el 1 de agosto de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.

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Básicos vigentes — Industria Metalúrgica, convenio 260/75
CategoríaSueldo básico
OperarioArt. 6. Trabajador con conocimientos básicos del oficio adquiridos por experiencia. $ 897.194
Operario CalificadoArt. 6. Conocimientos prácticos. Tareas de mayor complejidad que el operario. $ 971.930
Medio OficialArt. 6. Conocimientos parciales del oficio. Tareas intermedias entre operario calificado y oficial. $ 1.047.506
Operario EspecializadoArt. 6. Especialización en una rama determinada de la actividad metalúrgica. $ 1.120.590
Operario Especializado MúltipleArt. 6. Operario especializado que domina más de una especialidad. $ 1.184.692
OficialArt. 6. Dominio completo del oficio en su especialidad. Interpreta planos y ejecuta trabajos con autonomía. $ 1.239.438
Oficial MúltipleArt. 6. Oficial que domina más de una especialidad y puede desempeñarse indistintamente en varias ramas del oficio. $ 1.335.068
Oficial Múltiple SuperiorArt. 6 + acuerdo 2013. Oficial múltiple + conocimientos técnicos CNC y/o procesos de alta complejidad. $ 1.428.632
Oficial SuperiorArt. 6 + acuerdo 2013. Oficial con máxima autonomía operativa + puesta a punto y programación de máquinas CNC. $ 1.335.068
Administrativo de 4ªArt. 6. Tareas administrativas iniciales/básicas. $ 1.212.817,68
Administrativo de 3ªArt. 6. Tareas administrativas de complejidad intermedia. $ 1.110.480,76
Administrativo de 2ªArt. 6. Tareas administrativas calificadas. $ 961.748,21
Administrativo de 1ªArt. 6. Tareas administrativas de mayor responsabilidad y especialización. $ 866.587,78
Técnico de 2ªArt. 6. Personal técnico calificado. $ 961.896,75
Técnico de 1ªArt. 6. Personal técnico de mayor jerarquía dentro del convenio. $ 866.587,78
Auxiliar de 3ªArt. 6. Personal auxiliar de ingreso. $ 1.032.464,89
Auxiliar de 2ªArt. 6. Personal auxiliar intermedio. $ 907.253,83
Auxiliar de 1ªArt. 6. Personal auxiliar calificado. $ 833.640,33
Oficial de Servicio de 1ªArt. 6 (categorías especiales). Personal de servicios en ramas específicas (ascensores, etc.). $ 1.240.370
Oficial Carpintero MetalúrgicoArt. 6 (categorías especiales). Carpintería aplicada a estructuras y moldes metalúrgicos. $ 1.238.332
Oficial Carpintero en MaderaArt. 6 (categorías especiales). Carpintería de madera dentro de establecimientos metalúrgicos. $ 1.238.332
Fuente: UOMRA - CCT 260/75 - Rama 17 - Acuerdo Salarial agosto 2026 / marzo 2027.

Acuerdo paritario UOMRA con ADIMRA, AFARTE, CAIAMA, FEDEHOGAR y CAMIMA (14/08/2026), período abril 2026 - marzo 2027. Incrementos del 4% en agosto, 4% en octubre, 4% en diciembre, 2% en enero y 3,5% en marzo de 2027, más gratificaciones extraordinarias no remunerativas.

Texto del convenio. Podés leer el articulado completo del convenio 260/75: categorías, jornada, licencias y los adicionales que la escala liquida.

Cómo se movió el básico de Industria Metalúrgica en 2026

Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Operario —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.

Básico de Operario por tramo — 2026
Vigente desdeSueldo básicoVariación
1 de enero de 2026 $ 821.644
1 de febrero de 2026 $ 821.644 +0,0%
1 de marzo de 2026 $ 821.644 +0,0%
1 de abril de 2026 $ 862.686 +5,0%
1 de agosto de 2026 $ 897.194 +4,0%

Cómo se calcula tu sueldo con esta escala

El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.

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