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Ley de Instancia Obligatoria de Conciliación Laboral

Ley 24.635 · texto completo, 62 artículos

Fuente y vigencia. InfoLeg — Ley 24.635 (B.O. 3/5/1996), texto original. InfoLeg no publica texto actualizado porque ninguna ley posterior modificó su articulado: las 40 normas que la complementan son un decreto reglamentario (Dec. 1169/1996), un DNU y resoluciones.

Texto vigente. Impone la instancia administrativa PREVIA y obligatoria antes de demandar en la Justicia Nacional del Trabajo: el art. 1° la hace obligatoria para los reclamos individuales y pluriindividuales, el art. 2° enumera las excepciones, el art. 3° la declara gratuita para el trabajador y los arts. 4° y 5° crean el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) y el Registro Nacional de Conciliadores Laborales. ⚠ Rige en el ámbito de la Justicia Nacional del Trabajo (Ciudad de Buenos Aires); las provincias tienen su propio régimen y adhieren o no. ⚠ La Ley 27.802 (B.O. 6/3/2026) reformó el Título III de la Ley 18.345, que esta ley también modifica, y su art. 213 deroga desde el 1/1/2027 toda norma que se le oponga. Verificado 2026-08-10 contra InfoLeg.

Publicado en esta página al 17 de septiembre de 2026.

Qué regula esta norma

Crea la instancia de conciliación obligatoria previa al juicio laboral en el ámbito de la Justicia Nacional del Trabajo. Antes de demandar hay que pasar por ese trámite administrativo.

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