Escala salarial UTEDYC rama Entidades Deportivas y Civiles 2026
Convenio colectivo 804/23 · Unión Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC)
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 804/23, vigentes desde el 1 de agosto de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
Calculá tu sueldo con tus adicionales →| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| Supervisión 1ra.Trabajadores/as con responsabilidad y atribuciones para dirigir y coordinar áreas, departamentos o sectores de la institución (contador/a, jefe/a de contaduría, intendente/a general, asesor/a legal, encargado/a de mantenimiento, programador/a, analista programador/a, mayordomo/a). Categoría superior del nivel de supervisión (CCT 804/23, Art. 16 y Anexo B). | $ 2.087.091 |
| Supervisión 2da.Trabajadores/as responsables de recursos humanos y físicos de áreas o sectores, que imparten órdenes e instrucciones (encargado/a de área o sector, jefe/a de departamento, subcontador/a, administrador/a de colonia, fiscalizador/a, analista) (CCT 804/23, Art. 16 y Anexo B). | $ 1.933.139 |
| Administración 1ra.Trabajadores/as especializados/as en funciones administrativas que cumplen tareas específicas propias de su especialidad y reciben órdenes e indicaciones directas del personal jerárquico (secretario/a de gerencia, secretario/a administrativo/a, traductor/a) (CCT 804/23, Art. 16 y Anexo B). | $ 1.842.262 |
| Administración 2da.Trabajadores/as administrativos/as que reciben directivas del responsable del área y trabajan con criterio propio en su especialidad (cajero/a principal, tesorero/a, auxiliar especializado/a, personal de cómputos y liquidaciones, bibliotecario/a) (CCT 804/23, Art. 16 y Anexo B). | $ 1.764.317 |
| Administración 3ra.Trabajadores/as que realizan tareas administrativas en general, manuales, mecánicas o electrónicas, bajo supervisión (auxiliar administrativo/a, cajero/a auxiliar, recepcionista, telefonista, cadete/a) (CCT 804/23, Art. 16 y Anexo B). | $ 1.591.414 |
| Maestranza y Servicios 1ra.Trabajadores/as responsables del control y cumplimiento de tareas de un grupo en áreas o secciones (capataz general u otros cargos de igual responsabilidad) (CCT 804/23, Art. 16 y Anexo B). | $ 1.832.984 |
| Maestranza y Servicios 2da.Trabajadores/as que adquirieron un oficio determinado y lo ejercen con autonomía, pudiendo controlar a oficiales o peones (maestranza armero/a, maestranza electrotécnico/a, sargento/a 1ra., bombero/a 1ra., capataz) (CCT 804/23, Art. 16 y Anexo B). | $ 1.745.439 |
| Maestranza y Servicios 3ra.Trabajadores/as que detentan y ejecutan una tarea especializada sin el alcance del oficio completo (medio oficial especializado/a, caballerizo/a, peletero/a, oficial especialista, encargado/a de taller, sargento/a, bombero/a, encargado/a general, contramaestre, encargado/a náutico/a, encargado/a embarcadero) (CCT 804/23, Art. 16 y Anexo B). | $ 1.661.480 |
| Maestranza y Servicios 4ta.Trabajadores/as con conocimientos prácticos para tareas de un oficio o función (bombero/a, chofer, tractorista, sobrecargado/a, lanchero/a, segundo/a contramaestre, armero/a, peluquero/a, cocinero/a, cabo, encargado/a de sector y/o deportes varios, utilero/a, canchero/a) (CCT 804/23, Art. 16 y Anexo B). | $ 1.581.985 |
| Maestranza y Servicios 5ta.Trabajadores/as que realizan tareas asignadas bajo supervisión (caserío/a, marinero/a, mozo/a, portero/a, ascensorista, ordenanza, sereno, ayudante de diversas funciones, peón/a, lavandero/a, planchador/a, mucamo/a, personal de limpieza, grumete) (CCT 804/23, Art. 16 y Anexo B). | $ 1.509.345 |
Incremento acumulativo mes a mes igual a la variación del IPC del mes anterior. Agosto aplica el IPC de julio (2,1%). Las escalas de septiembre y octubre se firman mensualmente.
Cómo se movió el básico de UTEDYC rama Entidades Deportivas y Civiles en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Supervisión 1ra. —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de mayo de 2026 | $ 1.936.219 | — |
| 1 de junio de 2026 | $ 1.994.306 | +3,0% |
| 1 de julio de 2026 | $ 2.044.164 | +2,5% |
| 1 de agosto de 2026 | $ 2.087.091 | +2,1% |
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.