Escala salarial Peluquerías y Estética 2026

Convenio colectivo 467/06 · Federación Nacional de Trabajadores de Peluquería, Estética y Afines (FNTPEA)

Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 467/06, vigentes desde el 1 de septiembre de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.

Básicos vigentes — Peluquerías y Estética, convenio 467/06
CategoríaSueldo básico
Oficial Peluquero/aBásico de Oficial Peluquero/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización de cortes, modelación y peinado de cabello, y afeites o arreglo de barba y bigote valiéndose de conocimientos propios, pudiendo realizar lavados de cabezas (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Oficial Peluquero»).$ 1.608.780
Oficial Peluquero/a EstilistaBásico de Oficial Peluquero/a Estilista en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización de las tareas enunciadas para la categoría anterior, y además efectúe entretejidos de cabello en aplicación o mantenimiento pudiendo realizar lavados de cabezas (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Oficial Peluquero Estilista»).$ 1.608.780
Oficial Entretejedor/a Adaptador/aBásico de Oficial Entretejedor/a Adaptador/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador cuya tarea consista exclusivamente en la realización de tareas de aplicación y/o mantenimiento de entretejidos de cabello cualquiera fuere la técnica empleada (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Oficial Entretejedor»).$ 1.608.780
Peinador/a Exclusivo/aBásico de Peinador/a Exclusivo/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización exclusivamente de cortes, modelación, y peinados de cabello y su correspondiente lavado de cabeza (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Peinador Exclusivo»).$ 1.608.780
Peinador/a Todo ServicioBásico de Peinador/a Todo Servicio en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en realizar en forma íntegra y valiéndose de sus propios conocimientos la totalidad de los trabajos artesanales de peluquería, entendiéndose como tal aquel que como mínimo efectúe, corte, peinado, coloración, permanente, brushing, y modelación de cabello, y su correspondiente lavado de cabeza (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Peinador Todo servicio»).$ 1.608.780
ColoristaBásico de Colorista en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización exclusiva, en forma íntegra valiéndose de sus propios conocimientos: coloración de cabellos, determinación de tonos, preparación de los productos aplicándolos sobre los cabellos y dándole terminación aunque fuere asistido por un ayudante (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Colorista o tintorero»).$ 1.608.780
PermanentistaBásico de Permanentista en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización exclusiva y valiéndose de sus propios conocimientos de trabajos de modelación, ondulación, planchado, permanentación de cabellos, utilizando las técnicas de la especialidad y aplicando los productos necesarios aunque fuere ayudado por otro personal que siga sus indicaciones técnicas específicas, con sus correspondiente lavado de cabeza (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Permanentista»).$ 1.608.780
Entretejedor/aBásico de Entretejedor/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización exclusiva y valiéndose de conocimientos propios de trabajos de entretejidos de cabellos naturales o artificiales, modelación del peinado de los mismos, mantenimiento periódico de entretejidos, cualquiera sea la técnica utilizada y con su correspondiente lavado (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Entretejedor»).$ 1.608.780
Depilador/aBásico de Depilador/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización en forma exclusiva y valiéndose de conocimientos propios de trabajos de depilación corporal, cualquiera fuere la parte del cuerpo tratada, la técnica empleada, o los medios y materiales utilizados (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Depiladora»).$ 1.608.780
Masajista CorporalBásico de Masajista Corporal en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización exclusiva de trabajos de: masajes corporales, ya sea que se valga de sus propios conocimientos o bajo la supervisión de otro profesional y cualquiera fuere la técnica empleada y aunque se utilice cualquier medio técnico instrumental o las propias manos. En este último su puesto deberá mediar un descanso de diez minutos entre masaje y masaje (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Masajista corporal»).$ 1.608.780
Ayudante de Peinador/aBásico de Ayudante de Peinador/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en asistir de cualquier forma a: "peinadores"; "coloristas"; "permanentistas"; o "entretejedores", para la realización de sus trabajos aplicando las directivas que éstos le impartan en cuanto a la técnica y/o modalidad a utilizar. Es obligación del ayudante, accesoria, mantener limpio y en Orden el lugar del profesional al cual asisten como asimismo las herramientas que éste utilice no implicando tal obligación la realización de tareas de limpieza general del salón o instalaciones accesorias. Podrá hacer lavados y secado de cabellos con supervisi (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Ayudante de peinador»).$ 1.608.780
Ayudante de depilaciónBásico de Ayudante de depilación en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en asistir de cualquier forma a trabajadores con categoría de "depiladora" para la realización de sus trabajos y aplicando las directivas impartidas por éstos en cuanto a la técnica y/o modalidad a utilizar: Preparará los productos según indicación del profesional al cual asista y mantendrá en condiciones de orden y limpieza las herramientas y el camarín del profesional, no implicando tal obligación la realización de tareas generales de limpieza del establecimiento o instalaciones accesorias (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Ayudante de depilación»).$ 1.608.780
Instructor/a de GimnasiaBásico de Instructor/a de Gimnasia en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización de trabajos de coordinación grupal y dirección para la ejecución de danza-jazz, gimnasia adelgazante o reductora, yoga, etc., valiéndose de sus propios conocimientos y cualquiera fuere la técnica o modalidad empleada (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Instructor de gimnasia»).$ 1.608.780
Auxiliar de Instructor/aBásico de Auxiliar de Instructor/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en asistir de cualquier forma a los "instructores de gimnasia" aplicando las directivas que éstos le impartan en cuanto a la técnica y/o modalidad a utilizar. Las obligaciones de este trabajador no incluyen la realización de tareas generales de limpieza del establecimiento o instalaciones accesorias (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Auxiliar de instructor»).$ 1.608.780
Promotor/a y/o Consultor/a de tratamientoBásico de Promotor/a y/o Consultor/a de tratamiento en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista exclusivamente en la realización de trabajos de: evacuar consultas, y/o promover y/o asesorar y/o interesar y contratar con el posible cliente un tratamiento, informando sobre sus condiciones generales, sin realizar otra tarea técnica en particular (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Promotora o consultora de tratamiento»).$ 1.608.780
Encargado con ProducciónBásico de Encargado con Producción en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador que realizando tareas de oficial, en cualquiera de sus tipos, tenga además como accesoria la responsabilidad de supervisión del salón o establecimiento (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Encargado con Producción»).$ 1.608.780
ManicuraBásico de Manicura en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización de trabajos de estética de manos (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Manicura»).$ 1.608.780
PedicuraBásico de Pedicura en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización de trabajos de estética y saneamiento de pies (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Pedicura»).$ 1.608.780
Masajista CapilarBásico de Masajista Capilar en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la aplicación de masajes sobre el cuero cabelludo, cualquiera fuere la técnica, medios o materiales empleados, y la finalidad de los mismos. La simple aplicación de ampollas no significa masaje capilar, ni tener tal especialidad (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Masajista Capilar»).$ 1.608.780
Ayudante de OficialBásico de Ayudante de Oficial en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en auxiliar o asistir a los oficiales para la realización de los trabajos, aplicando las técnicas que éstos le indiquen. Es obligación accesoria del ayudante el mantener limpio y en orden el lugar o boxees del profesional al cual asista como asimismo las herramientas que éste utilice, no implicando tal obligación la realización de tareas de limpieza general del salón o establecimiento e instalaciones accesorias las que quedan excluidas expresamente (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Ayudante de oficial»).$ 1.608.780
Ayudante de profesor/aBásico de Ayudante de profesor/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en secundara un profesor para el dictado de los cursos (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Ayudante de profesor»).$ 1.608.780
Asistente de Sauna o bañoBásico de Asistente de Sauna o baño en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador cuya tarea consista en atender las necesidades de los clientes que hagan uso de saunas o baños (caballeros y/o damas), entregando turnos y elementos tales como toallas, etc (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Asistente de Sauna o Baño»).$ 1.608.780
Director/aBásico de Director/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en administrar un establecimiento teniendo funciones de supervisión y dirección del personal del mismo como parte de sus tareas (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Director»).$ 1.608.780
Secretaria/oBásico de Secretaria/o en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en secundar a un director en las tareas administrativas del establecimiento, estando al servicio y bajo las directivas inmediatas del director (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Secretaria/o»).$ 1.608.780
Encargado/a administrativo/a de salónBásico de Encargado/a administrativo/a de salón en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista exclusivamente en tener a cargo un salón, teniendo facultades de supervisión del personal y de distribución de los trabajos y clientela, pero sin tener participación activa alguna en los trabajos que se realicen a los clientes quedando exceptuados de las tareas técnicas por ser propias del encargado peinador (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Encargado administrativo de salón»).$ 1.608.780
Encargado de lavandería / lavandero/aBásico de Encargado de lavandería / lavandero/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Categoría del agrupamiento Personal Administrativo y de Servicios del convenio 467/06. No figura en la clasificación del Art. 24 del texto de 2006: fue incorporada por la escala salarial que publica la Federación. Percibe el salario mínimo garantizado más los plus y adicionales que correspondan.$ 1.608.780
Cajero/aBásico de Cajero/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador cuya tarea consista exclusivamente en la realización en el salón o establecimiento de trabajos de cobranza de servicios, control de facturas y/o tickets, rendición de cajas y tenga responsabilidad sobre el dinero de la cobranza, pudiendo además realizar tareas de recepción (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Cajera»).$ 1.608.780
RecepcionistaBásico de Recepcionista en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador cuya tarea consista exclusivamente en la atención al público que ingrese al local para su orientación, o la entrega de número o turnas de atención conforme las directivas que se le impartan, o la atención de los teléfonos o la atención del guardarropas (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Recepcionista»).$ 1.608.780
Empleado/a oficinistaBásico de Empleado/a oficinista en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización de trabajos administrativos y/o contables (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Empleado Oficinista»).$ 1.608.780
Auxiliar de lavanderíaBásico de Auxiliar de lavandería en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Categoría del agrupamiento Personal Administrativo y de Servicios del convenio 467/06. No figura en la clasificación del Art. 24 del texto de 2006: fue incorporada por la escala salarial que publica la Federación. Percibe el salario mínimo garantizado más los plus y adicionales que correspondan.$ 1.608.780
MaestranzaBásico de Maestranza en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador que realice en forma exclusiva tareas de limpieza y mantenimiento general del establecimiento, cafetería, y colabore en tareas generales no administrativas (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Maestranza»).$ 1.608.780
CadeteBásico de Cadete en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador que cumpla tareas administrativas complementarias de oficina y además realice diligencias fuera del establecimiento para su empleador (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Cadete»).$ 1.608.780
Maquillador/a o Experto/a en belleza o Cosmetólogo/aBásico de Maquillador/a o Experto/a en belleza o Cosmetólogo/a en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).Comprende a todo trabajador cuya tarea consista en la realización exclusiva y valiéndose de conocimientos propios de trabajos de: belleza corporal, tales como limpieza de cutis, tratamientos faciales, aplicación de técnicas de maquillaje, aplicación de pestañas postizas, bronceados de piel, cualquiera fuere la técnica utilizada (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Maquillador o experto en belleza o Cosmetóloga»).$ 1.608.780
Profesor/a de Peluquería y/o Cosmetología y/o Maquillaje y/o Manicuría y/o Pedicuría y/o Depilación y/o Masajes y/o Elaboración e Implantación de prótesis capilaresBásico de Profesor/a de Peluquería y/o Cosmetología y/o Maquillaje y/o Manicuría y/o Pedicuría y/o Depilación y/o Masajes y/o Elaboración e Implantación de prótesis capilares en octubre de 2026: $ 1.608.780 (convenio 467/06).comprende a todo trabajador que poseyendo conocimientos propios y profundos de un oficio, y estando habilitado para ello, preste servicios instruyendo a alumnos e impartiéndoles conocimientos sobre las técnicas de la profesión, ya sea en cursos básicos o de perfeccionamiento y profundización (Art. 25 del convenio 467/06, categoría «Profesor»). El Art. 30 le fija una comisión del 25% sobre la producción bruta mensual.$ 1.608.780
Fuente: FNTPEA - convenio 467/06 - Escala salarial 2026 (enero a septiembre).

Escala salarial de peluquerias publicada por la Federacion Nacional de Trabajadores de Peluqueria, Estetica y Afines. Remuneraciones vigentes mes a mes de enero a septiembre de 2026.

Recibí la próxima escala del convenio 467/06

Cuando se cargue una paritaria nueva de este convenio, te la mandamos por mail en el boletín semanal de paritarias, con la escala adjunta. Es gratis.

Te llega un correo para confirmar tu dirección. No compartimos tu email y te das de baja con un clic desde cualquier envío.

Cómo se movió el básico de Peluquerías y Estética en 2026

Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Oficial Peluquero/a —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.

Básico de Oficial Peluquero/a por tramo — 2026
Vigente desdeSueldo básicoVariación
1 de enero de 2026$ 1.229.988—
1 de febrero de 2026$ 1.298.438+5,6%
1 de marzo de 2026$ 1.367.915+5,4%
1 de abril de 2026$ 1.438.434+5,2%
1 de mayo de 2026$ 1.460.010+1,5%
1 de junio de 2026$ 1.484.830+1,7%
1 de julio de 2026$ 1.507.102+1,5%
1 de agosto de 2026$ 1.532.723+1,7%
1 de septiembre de 2026$ 1.608.780+5,0%

Qué se suma al básico en el convenio 467/06

El básico de la tabla de arriba no es lo único que se cobra. El convenio 467/06 reconoce 6 conceptos que se suman aparte — 2 de ellos los cobra toda la categoría: Productividad Garantizada sobre básico, Productividad Garantizada sobre comisión — y cada uno tiene su propio artículo. Los que te correspondan se calculan sobre el básico de tu categoría.

Adicionales del convenio 467/06
ConceptoValor
Productividad Garantizada sobre básicoRubro remuneratorio que la escala salarial publica para todas las categorías, junto al salario básico. Integra el Sueldo Mínimo Garantizado.varía por categoría
Productividad Garantizada sobre comisiónRubro remuneratorio que la escala salarial publica para todas las categorías, junto a la comisión. Integra el Sueldo Mínimo Garantizado.varía por categoría
Adicional por antigüedadArt. 46 inc. a: 2% del salario mínimo garantizado vigente por cada año de servicio, con carácter remuneratorio normal y habitual, como concepto separado e independiente.varía por tramos
Adicional por trabajo nocturnoArt. 12 inc. a: 25% sobre el salario mínimo garantizado para el personal que realice tareas entre las 21 y las 6 horas, incluidas las tareas típicas del sereno.25%
Plus por función - Encargado administrativo (Art. 47)Art. 47: el Encargado administrativo del agrupamiento Personal Administrativo cobra el salario mínimo garantizado más un 15% del mismo, en forma mensual y con carácter remuneratorio.15%
Plus por función - Cajero (Art. 47)Art. 47: el Cajero del agrupamiento Personal Administrativo cobra el salario mínimo garantizado más un 10% del mismo, en forma mensual y con carácter remuneratorio.10%

Los valores que dicen “varía” dependen de tu antigüedad, tu categoría o la tarea, así que no se pueden resumir en una cifra sin equivocarse: la calculadora de sueldo los resuelve con tus datos.

Además, la paritaria vigente paga 2 sumas por fuera de la escala: Suma fija no remunerativa 2026-08 2026 (escala FNTPEA), Suma fija no remunerativa 2026-09 2026 (escala FNTPEA). Las sumas no remunerativas se cobran en el recibo pero no integran el aguinaldo, las vacaciones ni la indemnización.

La jornada de convenio es de 48 horas semanales, y es la base para calcular el valor de la hora extra.

Cómo se calcula tu sueldo con esta escala

El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.

Otras escalas salariales

Otras escalas del catálogo, con sus básicos por categoría:

← Ver las escalas de todos los convenios