Escala salarial Carga y Descarga 2026
Convenio colectivo 508/07 · Unión Trabajadores de Carga y Descarga de la República Argentina (UTCyDRA)
Sueldos básicos por categoría del convenio colectivo 508/07, vigentes desde el 1 de septiembre de 2026. Los montos son el básico de convenio: no incluyen antigüedad, presentismo, ni los demás adicionales que te correspondan, que se suman aparte.
Calculá tu sueldo con tus adicionales →| Categoría | Sueldo básico |
|---|---|
| Operario - Cat. 1ª (CCT 508/07)Operarios de carga y descarga: capataces, auxiliares de capataces, supervisores (Art. 12, cat. 1ª). | $ 2.057.481 |
| Operario - Cat. 2ª (CCT 508/07)Operarios de carga y descarga: controladores de mercaderías, jefes de mano y/o cuadrillas; jefe de cuadrilla de limpieza de material rodante ferroviario (Art. 12, cat. 2ª). | $ 1.891.947 |
| Operario - Cat. 3ª (CCT 508/07)Operarios de carga y descarga: estibadores; apiladores; gancheros; repasadores; sacador de muestras; cabeceros; operarios en reparto; maleteros; armadores/empacadores de pallets; termoselladores; recolección de montículos/escombros/materia orgánica (Art. 12, cat. 3ª). | $ 1.712.297 |
| Operario - Cat. 4ª (CCT 508/07)Operarios de carga y descarga: estampillado, etiquetado, empaquetado <10 kg, intercaladores, rotuladores, fraccionadores; peón general; serenos de mera ronda; limpieza de edificios/galpones/depósitos; podadores; jardineros (Art. 12, cat. 4ª). | $ 1.653.987 |
| Adm./Vta. - Cat. 1ª (CCT 508/07)Personal administrativo y/o venta: encargados de puestos, corralones o depósitos (Art. 13, cat. 1ª). | $ 2.057.481 |
| Adm./Vta. - Cat. 2ª (CCT 508/07)Personal administrativo y/o venta: personal especializado, ayudante de contador, especialistas en leyes sociales/impositivas, analistas de imputaciones contables (Art. 13, cat. 2ª). | $ 1.942.320 |
| Adm./Vta. - Cat. 3ª (CCT 508/07)Personal administrativo y/o venta: liquidadores; facturistas; calculistas; secretarios con responsabilidad de personal; cuentacorrentista; liquidador de sueldos; receptor de mercaderías; cobrador; ayudante de cajero (Art. 13, cat. 3ª). | $ 1.891.947 |
| Adm./Vta. - Cat. 4ª (CCT 508/07)Personal administrativo y/o venta: tenedor de libros; atención al público; secretarias/os; telefonista; encargado de archivo; planillistas; auxiliar de tareas generales; mensajero; recepcionista (Art. 13, cat. 4ª). | $ 1.712.297 |
| Conductor - Cat. 1ª (larga distancia) (CCT 508/07)Conductores afectados a reparto/transporte/recolección - larga distancia: recorrido de más de 100 km diarios (Art. 14, cat. 1ª). | $ 2.510.404 |
| Conductor - Cat. 2ª (corta distancia) (CCT 508/07)Conductores afectados a reparto/transporte/recolección - corta distancia: recorridos menores a 100 km, o dentro de centros de concentración/transferencia/depósitos; operadores de medios mecánicos autopropulsados, autoelevadores, montacargas (Art. 14, cat. 2ª). | $ 2.332.728 |
Acuerdo UTCyDRA–CECADRA del 24/08/2026: aumento del básico de 1,9% en septiembre, 1,9% en octubre y 1,8% en noviembre de 2026, más una suma no remunerativa por única vez en dos cuotas (septiembre y octubre). La mitad de la segunda cuota se incorpora al básico de octubre y sirve de base al porcentaje de noviembre (cláusula QUINTA).
Cómo se movió el básico de Carga y Descarga en 2026
Cada acuerdo paritario fija una escala nueva. Esta es la serie del año para Operario - Cat. 1ª (CCT 508/07) —la primera categoría del escalafón, tomada como referencia—: el resto de las categorías se mueve con los mismos acuerdos.
| Vigente desde | Sueldo básico | Variación |
|---|---|---|
| 1 de abril de 2026 | $ 1.784.492 | — |
| 1 de mayo de 2026 | $ 1.816.612 | +1,8% |
| 1 de junio de 2026 | $ 1.896.375 | +4,4% |
| 1 de julio de 2026 | $ 1.934.303 | +2,0% |
| 1 de agosto de 2026 | $ 1.971.055 | +1,9% |
| 1 de septiembre de 2026 | $ 2.057.481 | +4,4% |
Cómo se calcula tu sueldo con esta escala
El básico de la tabla es el punto de partida. Sobre él se suman los adicionales del convenio —antigüedad, presentismo, título, zona y los que correspondan a tu categoría— y de ese total se descuentan los aportes de jubilación, obra social y sindicato. La calculadora de sueldo lo hace con tu categoría y tu fecha de ingreso; también podés ver cuánto te correspondería de indemnización, vacaciones o aguinaldo según esta misma escala.