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Renuncia con preaviso (art. 240 de la Ley de Contrato de Trabajo)

Modelo de telegrama laboral o carta documento · Es una pieza postal: se despacha por el Correo como telegrama laboral o carta documento.

El trabajador renuncia a su empleo con preaviso. El plazo del preaviso depende de la antigüedad (art. 231 inc. b, texto Ley 27.802): 15 días hasta 5 años; 1 mes si la supera.

La renuncia extingue el vínculo sin derecho a indemnización por antigüedad ni a preaviso: sólo se cobra la liquidación final —días trabajados, aguinaldo proporcional y vacaciones proporcionales—. Es la pieza más delicada del conjunto, porque no tiene vuelta atrás.

Si lo que hay detrás es un incumplimiento grave del empleador, la figura correcta no es la renuncia sino el despido indirecto, que se liquida como un despido sin causa y exige intimar antes.

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En qué se funda

Lo que hay que tener en cuenta

  • Plazo de preaviso del trabajador (art. 231 inc. b, Ley 27.802): 15 días si la antigüedad no supera 5 años; 1 mes si la supera. Calcular la fecha de efectivización en consecuencia.
  • El despacho telegráfico de renuncia es gratuito (art. 240). Pieza sensible: confirmar la decisión antes de enviar (la renuncia no genera indemnización).

Qué datos hacen falta

Cómo se envía

Es gratuito. El Art. 1 de la Ley 23.789 establece un servicio de telegrama y carta documento "absolutamente gratuito para el remitente", y el Art. 3 obliga al Correo a despacharlo sin dilación aun si duda de la condición invocada. El gasto se carga a la cuenta del Ministerio de Trabajo (Art. 4).

Lo que hace valiosa a la pieza postal no es el texto sino la prueba: queda constancia fehaciente de qué se dijo y en qué fecha. Por eso conviene guardar el talón de imposición y, más tarde, pedir al Correo la constancia de entrega.

Una intimación mal dirigida no interrumpe nada: el domicilio tiene que ser el del empleador —el de la sede o el que figura en los recibos—, y el nombre, el de la razón social completa. Si el destinatario rechaza la pieza o no la retira, igual se considera notificado.

El texto no se copia de internet. La redacción cambia según la fecha del hecho —hay rubros que se derogaron y fórmulas que hoy invalidan la pieza— y según los datos del caso. El generador arma el borrador con la redacción que corresponde a la fecha que cargues: generar renuncia con preaviso (art. 240 de la ley de contrato de trabajo).

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