Intimación al pago de indemnizaciones por despido incausado
Modelo de telegrama laboral o carta documento · Es una pieza postal: se despacha por el Correo como telegrama laboral o carta documento.
El trabajador, ya despedido sin causa, intima el pago de los rubros indemnizatorios vencido el plazo legal. Los conceptos de la base del art. 245 dependen de la fecha del acto extintivo.
Generar esta pieza gratis →En qué se funda
- Ley de Contrato de Trabajo, arts. 245, 232, 233, 156
Lo que hay que tener en cuenta
- Art. 2 Ley 25.323 (recargo) derogado desde 9/7/2024 (Ley 27.742) → el apercibimiento del recargo sólo aparece para actos extintivos ANTERIORES (flag pre_9jul2024).
- Base del art. 245 según fecha: original (<30/12/2023, incluye SAC) / DNU 70/2023 (30/12/2023–5/3/2026, excluye SAC) / Ley 27.802 (desde 6/3/2026, excluye además vacaciones no gozadas y horas extras, tope 3× promedio del convenio colectivo).
- El FAL (Decreto 408/2026) no está operativo hasta el 1/11/2026 y no cambia el deudor: la intimación sigue dirigida al empleador.
Qué datos hacen falta
- Lugar
- Fecha del telegrama
- Fecha del despido (acto extintivo) — Determina el régimen normativo aplicable
Cómo se envía
Es gratuito. El Art. 1 de la Ley 23.789 establece un servicio de telegrama y carta documento "absolutamente gratuito para el remitente", y el Art. 3 obliga al Correo a despacharlo sin dilación aun si duda de la condición invocada. El gasto se carga a la cuenta del Ministerio de Trabajo (Art. 4).
Lo que hace valiosa a la pieza postal no es el texto sino la prueba: queda constancia fehaciente de qué se dijo y en qué fecha. Por eso conviene guardar el talón de imposición y, más tarde, pedir al Correo la constancia de entrega.
Una intimación mal dirigida no interrumpe nada: el domicilio tiene que ser el del empleador —el de la sede o el que figura en los recibos—, y el nombre, el de la razón social completa. Si el destinatario rechaza la pieza o no la retira, igual se considera notificado.