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Intimación de entrega de certificados de trabajo (art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo)

Modelo de telegrama laboral o carta documento · Es una pieza postal: se despacha por el Correo como telegrama laboral o carta documento.

Extinguido el vínculo, el trabajador intima la puesta a disposición de los certificados del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo dentro de los 45 días hábiles. La indemnización del art. 45 Ley 25.345 sólo aplica a extinciones anteriores al 6/3/2026.

El Art. 80 obliga al empleador a entregar el certificado de trabajo y la constancia documentada de los aportes, cualquiera sea la causa de la extinción. Esa obligación sigue plenamente vigente.

Lo que cambió es la sanción: la indemnización especial por no entregarlos rigió hasta el 6 de marzo de 2026. Para egresos posteriores se puede reclamar la entrega, no esa indemnización.

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En qué se funda

Lo que hay que tener en cuenta

  • La indemnización del art. 80 (art. 45 Ley 25.345, tres veces la mejor remuneración) rige hasta el 6/3/2026, NO hasta el 9/7/2024: el art. 45 la agregó como último párrafo del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, así que derogar el artículo modificatorio (art. 99 Ley 27.742) no borra el texto ya incorporado —mismo criterio por el que el art. 132 bis sigue vigente—. Se extingue cuando el art. 25 de la Ley 27.802 sustituye el art. 80 entero sin ese párrafo (flag art80_indemnizacion).
  • El plazo es de 45 días HÁBILES desde la extinción. Tres vías de cumplimiento (Art. 80 texto Ley 27.802): físico, digital fehaciente o disponibilidad en ARCA.
  • PROHIBIDO 'remitiré copia a ARCA'. Verificar antes si el empleador ya cumplió por el servicio 'Trabajo en Blanco' de ARCA.

Qué datos hacen falta

Cómo se envía

Es gratuito. El Art. 1 de la Ley 23.789 establece un servicio de telegrama y carta documento "absolutamente gratuito para el remitente", y el Art. 3 obliga al Correo a despacharlo sin dilación aun si duda de la condición invocada. El gasto se carga a la cuenta del Ministerio de Trabajo (Art. 4).

Lo que hace valiosa a la pieza postal no es el texto sino la prueba: queda constancia fehaciente de qué se dijo y en qué fecha. Por eso conviene guardar el talón de imposición y, más tarde, pedir al Correo la constancia de entrega.

Una intimación mal dirigida no interrumpe nada: el domicilio tiene que ser el del empleador —el de la sede o el que figura en los recibos—, y el nombre, el de la razón social completa. Si el destinatario rechaza la pieza o no la retira, igual se considera notificado.

El texto no se copia de internet. La redacción cambia según la fecha del hecho —hay rubros que se derogaron y fórmulas que hoy invalidan la pieza— y según los datos del caso. El generador arma el borrador con la redacción que corresponde a la fecha que cargues: generar intimación de entrega de certificados de trabajo (art. 80 de la ley de contrato de trabajo).

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