Licencia por fallecimiento de hermano (art. 158 inc. d) — 1 día
Modelo de nota · Es una nota: se entrega en mano en el lugar de trabajo, no va al Correo.
Comunicá que vas a usar la licencia por fallecimiento de un hermano. Es 1 día y es pago. Si el fallecimiento es de tu cónyuge, un hijo o tus padres, la licencia es de 3 días y hay otra nota para ese caso.
Generar esta pieza gratis →En qué se funda
- Ley de Contrato de Trabajo, art. 158 inc. d
- Ley de Contrato de Trabajo, art. 160 (cómputo de día hábil)
- Ley de Contrato de Trabajo, art. 159 (licencias pagas, salario art. 155)
Lo que hay que tener en cuenta
- Art. 158 inc. d (texto literal): 'Por fallecimiento de hermano, un (1) día'. La ley dice 'un (1) día', no 'un día corrido' — se transcribe como está.
- Art. 160: en el inc. d) debe computarse necesariamente un día hábil si la licencia cae en domingo, feriado o no laborable → SÍ corresponde citarlo.
- Los vínculos del inc. c) (cónyuge/conviviente, hijo, padres) dan 3 días y van en 'nota-licencia-fallecimiento-familiar'.
- Muchos convenios colectivos amplían este plazo. El dato por convenio todavía no está estructurado en el catálogo → la nota cita el mínimo legal y remite al convenio en el pie.
Qué datos hacen falta
- Fecha del fallecimiento
- Día de licencia
- Certificado de defunción
Cómo se entrega
Se imprime por duplicado y se pide que firmen la copia con la fecha. Esa copia firmada es la constancia de que se avisó, y es lo que evita la discusión posterior sobre si la ausencia fue justificada.
Si se niegan a firmar, la alternativa es enviar la misma comunicación por telegrama laboral, que es gratuito y deja constancia fehaciente sin depender de la buena voluntad de nadie.
A diferencia de las piezas postales, estas notas no llevan fórmulas condicionadas por la fecha: comunican un hecho y se escriben en el momento en que ocurre.